_
_
_
_

La policía conoció de inmediato la fuga de Lerdo de Tejada

El juez Gómez Chaparro, de cuya competencia se ha sustraído la instrucción del sumario por la matanza de Atocha, tras la fuga de Fernando Lerdo de Tejada, se encuentra profundamente afectado por las críticas que se han dirigido contra su actuación a raíz del suceso, según han informado a EL PAIS fuentes cercanas a dicho juez. Por otra parte, se ha sabido ahora que el director de la cárcel de Ciudad Real, donde se encontraba Fernando Lerdo de Tejada, junto con los otros procesados más gravemente implicados en los hechos, comunicó a la policía la desaparición del fugado a las cinco y cuarto del pasado día 17, fecha en que debía estar de vuelta en la prisión.

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 1, Rafael Gómez Chaparro, del que dependen los procesados en el sumario de Atocha, mantiene la tesis de que él no autorizó la salida de Fernando Lerdo de Tejada de la cárcel de Ciudad Real, sino que simplemente no se opuso al permiso solicitado. Según las citadas fuentes, el juez Gómez Chaparro alega que la autorización de la salida de Lerdo de Tejada iba dentro de un paquete junto a otras autorizaciones relativas a otros presos. Dichas fuentes manifiestan, por otra parte, que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 1 de la Audiencia Nacional, insiste en guardar silencio, por el momento, en torno a su actuación en el caso.

Contenido de las solicitudes

Esta interpretación parece chocar, sin embargo, con los hechos, tal y como se produjeron, y con la legislación vigente en relación con la responsabilidad de las autorizaciones en casos de excarcelación temporal de presos preventivos y penados. La instancia de Lerdo de Tejada solicitando autorización para salir de la prisión durante la Semana Santa, a fin de «estar estos días tan señalados con su madre, que es viuda y está sola», fue dirigida, a través del director de la cárcel de Ciudad Real, al señor Gómez Chaparro, como juez competente entonces en el sumario de la calle de Atocha. Parecidas instancias enviaron también, los procesados Francisco Albadalejo y José Fernández Cerrá, éste en solicitud de autorización para acudir a un hospital a someterse a un examen del aparato digestivo.Las instancias iban acompañadas de sendos informes del director de la cárcel, en los que se daba cuenta de que los solicitantes cumplían los requisitos específicos y reglamentados que se exie para la autorización de salidas de los presos preventivos, es decir: domicilio fijo de la familia; que se hayan producido visitas periódicas de la familia a la cárcel; que el preso no tenga ninguna sanción interna por cumplir; y que mantenga buena conducta.

Una vez recibidas dichas instancias, el juez dictó una providencia individualizada y referida exclusivamente a los tres procesados por el sumario de Atocha, en la que se comunicaba al director de la cárcel de Ciudad Real que «por parte de este juzgado no existe inconveniente en que se conceda a los procesados presos por este sumario Fernando Lerdo de Tejada y Francisco Albadalejo el permiso de cinco días que solicitan para esta Semana Santa (1979), siempre que se cumplan los requisitos exigidos para este tipo de excarcelación temporal». En la misma providencia se concedía también al procesado José Fernández Cerrá permiso para acudir a un hospital.

Precisión sobre competencias

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

El reglamento de las cárceles es claro respecto a quién compete la decisión de autorizar las salidas de los presos preventivos y penados. Mientras los primeros están a disposición del juez que instruye el sumario del tribunal que tramita la causa, los segundos están sometidos a la jurisdicción del director general de Instituciones Penitenciarias, quien puede cambiar su régimen de prisión.Por otra parte, la circular de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias de octubre de 1978 especifica con claridad que los permisos de salida de los presos preventivos tienen que ser autorizados por escrito por el juez correspondiente, no sirviendo la simple comunicación telefónica o telegráfica.

Carlos García Valdés, director general de Instituciones Penitenciarias, ha manifestado a este respecto a EL PAIS: «Yo, como director general de Instituciones Penitenciarias, me reponsabilizo plenamente de los permisos de salida concedidos a penados, pero la responsabilidad de la concesión de permiso preventivos es del juez o del tribunal del que dependan, a cuyo arbitrio se conceden tales permisos.»

El señor García Valdés está preparando un dossier con toda la documentación relativa a la fuga de Lerdo de Tejada para que sirva de base a la respuesta que dé el ministro de Justicia a la interpelación presentada por el Partido Comunista de España. El grupo parlamentario del PCE presentó hace dos días en el Congreso de los Diputados una interpelación al ministro de Justicia para que se abra una investigación a fondo, y con carácter urgente, sobre las circunstancias que han hecho posible la huida de la cárcel de Lerdo de Tejada.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_