Se despoja de intencionalidad política a los delitos de terrorismo
La Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados abordó ayer el estudio de cuatro proyectos de ley, tres de los cuales plantean la modificación de determinados artículos del Código Penal en materia de terrorismo, de reincidencia y de redención de penas por el trabajo, y el cuarto la reforma de la ley de Peligrosidad Social y de su reglamento.Dentro de este amplio programa de reforma legislativa que tiene por delante la Comisión de Justicia destaca la modificación del Código Penal en materia de terrorismo, por la que, de acuerdo con la doctrina jurídica moderna, se pretende, por un lado, que desaparezca del Código Penal el término terrorismo en cuanto tal como tipificador de una serie de delitos y, por otra, se agravan las penas de aquellas acciones delictivas que atenten contra la seguridad del Estado, causen alarma en la población o afecten a la seguridad de las personas.
Se quiere con ello despojar a los llamados delitos terroristas de la intencionalidad política que se les venía atribuyendo, reduciéndolos a delitos comunes al margen de la intención que tengan sus autores al cometerlos.
En virtud de este proyecto de ley, que complementa el proyecto ya aprobado por el Congreso y el Senado sobre delitos cometidos por bandas armadas (proyecto de ley antiterrorista), los llamados delitos de terrorismo se denominarán ahora de asesinato, lesiones graves, detención ilegal bajo rescate, detención ilegal con simulación de funciones públicas, depósito de armas o municiones, tenencia de explosivos, siempre que sean cometidos por personas integradas en grupos organizados.
En algunos temas se hizo patente el desacuerdo del grupo de UCD y del Grupo Socialista, imponiendo el primero sus puntos de vista como consecuencia de su mayor cantidad de votos. Esto ocurrió en tres temas, como son la penalización de la simple tenencia de sustancias explosivas, sea cual sea su finalidad; la disolución de asociaciones ilícitas y la posibilidad de sancionar a aquellas personas que «por cualquier título» tuvieren a su disposición lugares especialmente preparados para la comisión de delitos contra la seguridad del Estado, es decir, las llamadas «cárceles del pueblo».
El Grupo Socialista ha manifestado que no pasará por estos tres puntos.
La Comisión de Justicia también dictaminó ayer dos proyectos de ley que afectan de manera especial a los reclusos. En uno de ellos se reforma el Código Penal en lo que se refiere a las agravantes de reincidencia y reiteración. Dichas agravantes no podrán ser apreciadas cuando hayan transcurrido más de diez años entre la comisión de los delitos que dieron lugar a las anteriores condenas y las del delito en que deba estimarse las citadas circunstancias de agravación. El otro proyecto de ley por el que se modifica el artículo 100 del Código Penal prevé que al recluso trabajador se le abonará para el cumplimiento de la pena impuesta, cualquiera que sea ésta, un día por cada dos de trabajo.
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