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Convenios internacionales sobre el trabajo en la administración pública

Ayer finalizó la 64 Conferencia Internacional del Trabajo, a la que asistieron 1.700 delegados y consejeros gubernamentales, de los 136 Estados miembros de la OIT.

La administración del trabajo y las relaciones de trabajo en la Administración pública fueron objeto de dos convenios y dos recomendaciones. El primero de ellos determina los mecanismos institucionales que permitirán a cada país elaborar y aplicar una política nacional del trabajo, especialmente en relación con la legislación del mismo, el empleo, las condiciones de trabajo y de vida y las relaciones laborales.

En cuanto al segundo, función pública, se adoptó una norma sobre la protección del derecho de sindicación y los procedimientos para determinar las condiciones de empleo en la Administración pública, un sector que en los últimos años ha experimentado un gran aumento en todo el mundo.

Al clausurarse la conferencia, el director general de la OIT, Francis Blanchard, hizo alusión, en conferencia de prensa, a la ausencia de Estados Unidos de la organización. Sostuvo que la decisión de ingresar en una organización mudial o salir de ella depende de la soberanía nacional, pero «creo firmemente -recalcó-, dados los objetivo universales de la OIT y la interdependencia de los problemas sociales, que nuestra organización podrá cobrar nuevo vigor e influencia el día en que los grandes países que ahora están ausentes decidan desempeñar plenamente su papel en ella.»

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