Cierre patronal-"Iock-out"
Cierre patronal suavizadoLa redacción aprobada por la Comisión Constitucional en lo relativo al derecho de los empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo (una de las cuales puede ser el cierre patronal o lock-out) ha quedado suavizado en relación con el texto del anteproyecto de 5 de enero, recogido fielmente en el de 17 de abril. El derecho empresarial se enmarca ahora dentro de un derecho común a trabajadores y empresarios. Socialistas y comunistas han renunciado a defender la supresión en la Constitución de todo el apartado, mientras que UCD ha renunciado a una mención expresa al cierre patronal.
Una nueva redacción tiene también el párrafo relativo a las limitaciones que puede fijar la ley a este derecho. En el texto aprobado se le da una formulación positiva; en vez de recoger una limitación afirma que incluirá garantías para asegurar el funcionamiento de los servicios esenciales.
Anteproyecto 5-1-78
El empresario tiene derecho a... adoptar medidas de conflicto colectivo, sin perjuicio de las limitaciones expresas que pueda establecer la ley..Anteproyecto 17-4-78 Igual. Texto aprobado en comisión Se reconoce el derecho a los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo. La ley que regule el ejercicio de este derecho, sin perjuicio de las limitaciones que pueda establecer, incluirá las garantías precisas para asegurar el funcionamiento de los servicios esenciales de la comunidad.
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