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"La regularización fiscal voluntaria es muy benevolente"

En la reunión-coloquio sobre Desarrollo de la ley de Medidas Urgentes de Reforma Fiscal, organizada por la Asociación para el Progreso de la Dirección, Sixto Alvarez Melcón, subdirector general de Régimen de Empresas del Ministerio de Hacienda, ha señalado que la filosofía de la actual regularización voluntaria de la situación fiscal, referente a sociedades, es de una gran benevolencia en cuanto a los impuestos debidos a la Hacienda Pública, y el requisito que se exige es que sea veraz el primer balance que se cierre con posterioridad al 17 de noviembre de 1977.En los ejercicios de 1976 y anteriores, en tanto sea veraz el balance de 1977, quedan amnistiados de los impuestos que se hubieran devengado por beneficios repartidos no contabilizados y por los impuestos que se hubiesen devengado de elementos ocultos que afloran en contabilidad y por los impuestos devengados en operaciones no contabilizadas. Los resultados de las afloraciones de elementos patrimoniales ocultos se llevarán a una cuenta denominada «Cuenta de Regularización, ley 50/1977, de 14 de noviembre», cuenta que deberá estar detallada con suficiente amplitud para permitir su comprobación por la Administración Tributaría.

Por su parte, Ramón Drake, subdirector general de Impuestos Directos del Ministerio de Hacienda, recordó que quedan eximidas de comprobación e investigación, por los ejercicios anteriores a 1976, tod4s aquellas personas físicas que en el deseo de sincerarse con la Administración presenten, durante el primer trimestre de 1978, una correcta declaración por el impuesto general sobre las personas físicas de las rentas obtenidas durante 1976.

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