Programa de fomento del empleo juvenil
El programa experimental de atención especial al empleo juvenil ha quedado regulado por lo dispuesto en el real decreto 3281/1977, que publicó ayer el Boletín Oficial del Estado. Dicho plan ha sido concebido con el fin de fomentar el empleo juvenil, tan afectado por la actual situación de disminución en el ritmo de creación de nuevos puestos de trabajo, según recoge Cifra.El decreto- ley que publicó ayer el BOE regulará las acciones de fomento e impulso del empleo juvenil a que se refiere la disposición adicional segunda del real decreto ley 43/1977 del 25 de noviembre.
El programa experimental del Gobierno en esta materia incluye el establecimiento de conciertos con empresas, asociaciones y sectores empresariales interesados en las acciones de fomento del empleo juvenil y que, ofreciendo las garantías necesarias, se sujeten a lo establecido en el decreto. Asimismo se establecerá una comisión de estudio con representación de los Ministerios de Economía, Trabajo y Sanidad y Seguridad Social, de empresarios y de trabajadores, que entenderán en el seguimiento y valoración del programa.
El programa abarca a los trabajadores mayores de dieciocho años y menores de edad que cumplan los siguientes requisitos:
1. Estar inscritos en la respectivas oficinas de empleo
con seis meses de antelación, al menos, en demanda
de puesto de trabajo adecuado a su cualificación
profesional
2. Con carácter prioritario, el programa afectará al empleo de jóvenes con titulación de formación profesional de 1º, 2º y 3º grado, o universitaria, media y superior, siempre que no tengan más de veintitrés años o de veinticinco, en el supuesto de titulados universitarios de grado superior.
3. También podrán incluirse en el programa jóvenes menores de veintitrés años que no estén en posesión de títulos académicos o profesionales que habiliten directamente para el ejercicio de actividades laborales.
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