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Modificado el proyecto constitucional en un sentido más progresivo

El texto resultante de la tercera y última lectura del borrador consitucional realizada por la ponencia del Congreso de Diputados, que durante la próxima semana será entregado a la Mesa de la Cámara, es, en general, más progresivo, si bien en algunos puntos -como la designación del presidente del Gobierno, cuya propuesta no corresponderá a los grupos parlamentarios sino al Rey- la impresión existente es que los ponentes han echado el freno a los objetivos democráticos iniciales. Así se deduce del cotejo realizado entre el primer borrador y las modificaciones comunicadas oficialmente u obtenidas por EL PAIS.

En cabeza de las innovaciones introducidas hay que destacar la fijación de la mayoría de edad a los dieciocho años, de repercusiones políticas, jurídicas y sociales de gran !trascendencia. Alcance popular tiene también la inclusión de la iniciativa legislativa por parte de 500 ciudadanos, junto a la ya establecida para el Gobierno y los diputados.La designación del presidente del Gobierno, que correspondía proponer al Congreso mediante elección, y nombrar al Rey, se ha transformado en propuesta real, que habrá de confirmar el Congreso. El Voto de confianza al Gobierno se ha regulado de forma más democrática que en el primer borrador , ya que las ausencias de diputados se computaban en aquél de modo favorable al Gobierno, mientras que en la nueva regulación las ausencias tendrán un resultado negativo para la confianza solicitada.

La aconfesionalidad del Estado, redactada de forma más dura en la primera lectura, ha quedado suavizada y, complementada con la declaración de que los poderes públicos «tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación,».

La regulación de las fuerzas se orden público se ha trasladado significativarnente del título denominado en la primera lectura «Fuerzas Armadas, de orden público y estados de excepción», al que se ocupa del Gobierno.

Las autonomías, uno de los temas tratados de forma más provisioñal y deslavazada en la primera lectura, han quedado perfiladas de modo más riguroso. El término que parece prevalecer definitivamente para denominar las nacionalidades y regiones que accedan al autogobierno es el de Territorios Autónomos. La limitación de población de tales territorios -fijada a título indicativo en un millón y medio de habitantes- ha desaparecido y ha quedado reducida a la de la provincia.

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