La Constitución y la Iglesia
En la segunda lectura del borrador de La Constitución y en la regulación del tema de la confesionalidad, junto a la lógica afirmación de que "ninguna confesión religiosa es estatal», parece que puede pervivir la ambigua frase: « ... Se tendrá en cuenta las creencias mayoritarias», que la Iglesia católica asimila como suyas. Desearía resaltar, en relación con, este tema, algunos puntos que creo están en la mente de muchos españoles.1. Un Estado civil no ha de intervenir- en los asuntos religiosos y a la inversa.
2. La clasificación de la Iglesia católica como creencia mayoritaria no está clara, a no ser que esta afirmación se base. en que el número de bautizados es igual al de católicos, lo cual por razones obvias, de todos conocidas, es absurdo.
3. En cuanto a las aportaciones monetarias, tanto a la iglesia católica como a otras confesiones, se debe establecer, de una vez y claramente, que vendrían de aquellos individuos que se declarasen pertenecientes a ellas.
El resto de los ciudadanos no tienen por qué destinar parte de sus impuestos a instituciones de las que no forman parte. -
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