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Existen fórmulas intermedias entre la retención y el libre comercio

El derecho de retención, que se justifica únicamente como protección a la economía de los clubs modestos, da lugar a enormes abusos. Los problemas que plantearla la libre contratación serían tal vez grandes. Las soluciones intermedias, adoptadas con éxito en otros países en los que el fútbol tiene un alcance parecido al de España, no parecen interesar a la Federación Española.

Si al término de su contrato un jugador quedara libre para fichar por cualquier otro sin que el club de origen recibiera un traspaso a cambio, sufrirían graves perjuicios los clubs modestos. Cuando en uno de estos clubs se forja un buen jugador, le bastaría a uno de. los grandes con ofrecerle, al término de su primer contrato, una elevada ficha, fuera del alcance del citado club modesto, para hacerse con sus servicios. El equipo «nodriza» perdería su jugador sin ninguna compensación económica, y las diferencias entre grandes y chicos aumentarían. Con el fin de evitar eso se llegó a la fórmula del derecho de retención, por lo que un club puede prorrogar forzosamente el contrato a su jugador con sólo aumentarle un 10 % su ficha. La norma jurídicamente monstruosa, es anacróníca no sólo en su fondo, sino también en su forma: un 10 % es hoy un porcentaje mucho menor que el del aumento del índice del coste de la vida. Los abusos que provoca, además, la existencia de esta norma son enormes. Los clubs lo utilizan como medio de chantaje a la hora de negociar con sus jugadores. A la hora de buscar soluciones no hay que inventar nada nuevo. Basta con estudiar el modelo de otros países. Desgraciadamente, la Federación no se ocupa de estas cosas -en realidad, no se ocupa de nada serio ni constructivo- La Federación ha creado un comité para estudiar la problemática del futbolista profesional sin más interés que el de retrasar el tema; pero los jugadores parecen, por fin, decididos a agruparse y a luchar por sus intereses, y a ellos les pueden servir estas sugerencias.

Alemania, Brasil e Italia

Basta con pocos ejemplos. En Alemania, cuando un jugador finaliza contrato no queda libre, pero su club no puede fijar para su traspaso un precio más alto que cinco veces la cantidad que haya pagado al jugador en la temporada. Si el jugador encuentra un club que esté dispuesto a pagar esa cantidad -o parte, y decide él poner el resto de su bolsillo- podrá marcharse. En Brasil hay un sistema similar, aunque algo más complicado: cuando el jugador termina el contrato, se establece para su ficha un precio según,un baremo establecido en el que se tiene en cuenta, además de sus ingresos en la temporada, su edad, el número de partidos jugados y otros aspectos.La diferencia con el caso de España es que aquí no hay cota para el posible traspaso. El Gijón -y escogemos un caso conocido puede pedir por Quini lo que quiera: cinco, diez, hasta veinte veces loque Quini cobra en un año. En definitiva, puede impedir que cambie de club, por muchas- ofertas que haya sobre él. Con el sistema adoptado en esos otros países citados, cada club deberá cuidarse de pagar bien -a los jugadores que desee retener para, cuando menos obtener unos ingresos altos por su traspaso, pero no tendrá la posibilidad de forzar al jugador a que darse sin que nada se lo impida.

Italia aún mantiene el derecho de retención, pero con restricciones. Sólo es aplicable hasta que el jugador cumpla veintitrés años, y únicamente con aquellos que se han formado en la cantera del club. Se trata con ello de compensar la inversión de un club en su cantera. Pasada esa edad, los jugadores podrán cambiar de club al final de su contrato, siempre a través de un traspaso cuyo importe, como en el caso de Brasil, está sujeto a un baremo en el que intervienen sus ganancias en el club de origen, experiencia internacional y rendimiento. Nunca se puede imponer un precio caprichoso por parte del club de origen.

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