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La Audiencia Nacional admite el recurso de apelación del Barcelona

El recurso de apelación interpuesto por el Barcelona contra el auto de desestimación del contencioso-administrativo, primero, y después el de súplica, contra la sanción que el Comité Nacional de Competición impusiera a su jugador y capitán, Cruyff, al ser expulsado por el ex colegiado Melero Guaza el pasado mes de febrero, en el Camp Nou, frente al Málaga, ha sido admitido por la Audiencia Nacional. Precisamente fue la sección segunda de la Audiencia Nacional quien desestimó los dos anteriores recursos presentados por el club azulgrana, el contencioso-adíniffistrativo y el de súplica, al considerar que una sanción deportiva no está incluida en lajusticia ordinaria.La firma de la admisión de este tercer recurso azulgrana se produjo ayer, precisamente, cuando le ha sido notificada al procurador de los tribunales del Barcelona, quien, indirectamente, tuvo conocimienlo de ello el pasado martes, pero sin carácter oficial. De todos modos quien ha admitido el recurso del Barcelona ha sido la Audiencia Nacional, y no el Tribunal Supremo.

El Barcelona cuenta, a partir de la notificación oficial de la admisión de su recurso, es decir, desde ayer, de cinco días hábiles de plazo, concretamente hasta el próximo 21, para designar las partes, o documentos que considere importantes, en que se fundamenta el recurso presentado en tercera ocasión. Una vez,que la Audiencia Nacional conozca esos documentos, de los que se harán fotocopias, emplazará a las partes interesadas, en este caso al Barcelona y la Federación Española de Fútbol, para que en el plazo que preceptúa la ley reguladora, treinta días hábiles, comparezcan ante la sala correspondiente del Tribunal Supremo y ejercitar los derechos que les convengan a cada una de ellas.

Pese a la notificación de comparecencia ante la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, las partes interesadas pueden realizar o no su comparecencia. Si el Barcelona no compareciese, lo que no es presumible, el auto de desestimación del recurso de súplica se consideraría firme. Si es la Federación Española la que no compareciese, los trámites se desarrollarán normalmente.

Por todo ello es muy posible que antes de fin de año se señale la fecha exacta en que se emplazará a las partes interesadas, al Barcelona y a la Federación, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo. En esta ocasión el Tribunal Supremo puede adoptar la confirmación de los autos de la Audiencia Nacional o, por el contrario, revocar su sentencia. Si el Tribunal Supremo toma esta última resolución, es muy posible que se llegase a celebrar el correspondiente juicio sobre la fórmula, adecuada o no, de sancionar a Cruyff, contra lo que realmente apela el Barcelona.

Es muy posible que antes de fin de año quede definitivamente sentenciado este tema, si el Tribunal Supremo confirma la sentencia de la Audiencia Nacional.Pero aún debería transcurrir bastante tiempo si se llegase a la necesidad de celebrar el correspondiente juicio.

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