Prohibido cualquier incremento de plantillas en la Seguridad Social
Las plantillas de las entidades gestoras y demás organismos de la Seguridad Social, sanidad y asistencia y servicios sociales, no podrán incrementarse a raíz de una orden, publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado, del Ministerio de Sanidad.La citada orden indica que cuando existan razones excepcionales que justifiquen una ampliación de plantillas, la propuesta será sometida por la dirección general de personal, gestión y financiación, a la aprobación del ministro de Sanidad. Igualmente prohibe la contratación de personal con carácter eventual, interino, o que responda a cualquier otra forma estatutariamente establecida.
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