Seis nuevos ministerios, entre ellos, Defensa y Economía
En dieciséis departamentos ministeriales se organiza la Administración Central del Estado, según el real decreto que publicó ayer el Boletín Oficial del Estado «en uso de la autorización concedida» por el artículo veintiséis del real decreto-ley de 8 de octubre de 1976, sobre medidas económicas. De los dieciséis ministerios, seis son de nueva creación: Defensa, Obras Públicas y Urbanismo, Economía, Transportes y Comunicaciones, Sanidad y Seguridad Social, y Cultura y Bienestar. El decreto no alude a las dos nuevas vicepresidencias, objeto de otra disposición, en la que, por cierto, no se asignan atribuciones al vicepresidente tercero.
En la exposición de motivos de la disposición citada se justifica la reforma administrativa en los cambios políticos vividos por la sociedad española y en una mayor eficacia y coordinación administrativa, pero considera que ésta primera medida -que no afecta a la Administración periférica e institucional- "Iimita su alcance" a una reestructuración consistente en los retoques imprescindibles de las competencias globales de los departamentos ministeriales. Alude a una segunda fase en que los Ministerios propongan su reordenación interna y la dependencia definitiva de los servicios.El preámbulo del decreto establece la posibilidad de que, en su día «se planteen ante los órganos representativos de la nación las líneas de una auténtica reforma administrativa, que el presente real decreto no contempla».
Otras consideraciones del legislador se refieren a la repercusión de la nueva organización de la Administración Central en el gasto público, «para que en ningún caso éste resulte aumentado, sino, antes bien, reducido en la medida de lo posible y de acuerdo con el decreto-ley 18/1976, de 8 de octubre, que le sirve de fundamento».
Por lo que respecta a la creación del Ministerio de Defensa, señala que «viene exigida por la necesidad de modernización de las Fuerzas Armadas y unificación de la política de defensa nacional. La creación del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social se justifica en la creciente atención administrativa hacia sectores sociales.
La creación del Ministerio de Economía se explica por la necesidad de agrupar una serie de cmpetencias dispersas en materia de planificación y ordenación económica. La creación del Departamento de Cultura y Bienestar ,pretende, por su parte, dar a la política cultural y social el instrumento adecuado para su futura expansión. Por último, la aparición de un Ministerio de Transportes y Comunicaciones «responde -dice el preámbulo citado- a una necesidad de coordinar con mayor racionalidad la acción sobre sectores antes dispersos».
Seis nuevos Departamentos
En la parte dispositiva del real, decreto se asignan las competencias de cada uno de los seis nuevos Departamentos, así como el traslado de órganos de unos Ministerios a otros y la supresión de algunos.El Ministerio de Defensa se configura como órgano de «ordenación y coordinación de la política general del Gobierno en cuanto se refiere a la defensa nacional, así como de la ejecución de la política militar correspondiente ».
El Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo integra todos los órganos del antiguo Departamento de Obras Públicas no transferidos al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; los órganos y entidades dependientes del Ministerio de la Vivienda -que se suprime-, y la Dirección General de Acción Territorial y Medio Ambiente, dependiente hasta ahora del Ministerio de la Presidencia.
La misión fundamental asignada al nuevo Ministerio de Economía es la de «establecer las líneas directrices de la política económica general, la programación a corto y medio plazo, y el estudio y propuesta de las medidas que haga aconsejables la buena marcha de la economía nacional». Entre otros órganos afectos al nuevo Departamento, se le adscribe el Consejo de Economía Nacional.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones integrará órganos procedentes de Gobernación, Obras Públicas, Marina y Aire que guardan relación con los cometidos que se le asignan.
Asimismo, Sanidad y Seguridad Social se configura como un nuevo Departamento que agrupará órganos procedentes de Gobernación y Trabajo, entre otros. En este punto, el real decreto establece la creación de una comisión mixta de los Ministerios de Trabajo y de Sanidad y Seguridad Social «que propondrá al Gobierno el definitivo reparto de atribuciones y competencias en materia de seguridad social entre ambos Departamentos».
El último de los Ministerios de nueva creación, el de Cultura y Bienestar, integrará «todas las unidades del actual Ministerio de Información y Turismo», excepto las de Turismo; la Subsecretaría de Familia Juventud y Deporte, dependiente del Ministerio de la Presidencia; la dirección general del Patrimonio Artístico y Cultural, del Ministerio de Educación y Ciencia, y los órganos y entidades adscritos o vinculados a los centros directivos y organismos que se traspasan.
Entre lo establecido en las disposiciones finales destaca la configuración de los secretarios de Estado -figura intermedia entre el ministro y el subsecretario-, que podrán asistir a los Consejos de Ministros para informar, así como a las comisiones delegadas del Gobiemo.
Según otra de las disposiciones finales, en el plazo de cuatro meses, el Gobierno aprobará las disposiciones reguladoras de las estructuras orgánicas de cada Departamento, y acordará la creación, modificación, fusión y supresión de cuantas unidades, dependencias y organismos se considere conveniente.
El real decreto por el que se «reestructuran determinados órganos de la Administración Central del Estado» -tal es su denominación oficial-, no alude a la creación de dos vicepresidencias, a las que se refiere otro real decreto de la misma fecha, publicado también ayer por el BOE.
Esta última disposición, por la que se nombra vicepresidente segundo a Enrique Fuentes Quintana, y vicepresidente tercero a Fernando Abril, especifica que al vicepresidente segundo «corresponderá la dirección de la política económica». En cambio, al vicepresidente tercero -considerado en medios periodísticos como encargado de los «asuntos políticos»- no se le encomienda función alguna en la única disposición que le menciona.
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