_
_
_
_

El Supremo ha enviado su circular sobre amnistía

El viernes salieron de prisión otros 27 reclusos beneficiados por la amnistía, con lo que el total de amnistiados hasta la fecha asciende a 160, según datos oficiales. Sin embargo, entre éstos no llegan al centenar los que estaban recluidos por delitos políticos, frente a la cifra de 336 que EL PAIS señaló en días pasados como posibles beneficiados por la medida judicial.

Según informa Europa Press, la Fiscalía del Tribunal Supremo envió el viernes la circular, esperada desde hace días, que contiene las normas que todos los fiscales del país deberán seguir para la aplicación del decreto-ley de amnistía. Estas normas son las que deben facilitar la interpretación del texto legal en los puntos considerados ambiguos. Según estas ambigüedades las que han retenido hasta ahora la aplicación de la medida, pues, según todos los indicios, los amnistiados hasta la fecha eran aquellos en que su condición de beneficiados estaba totalmente clara.La circular del Supremo, según sigue diciendo la misma agencia, que cita fuentes próximas a la Fiscalía del alto Tribunal, es «absolutamente fiel al espíritu abierto y de amplia generosidad del decreto-ley las instrucciones interpretan con criterio extensivo lo favorable y con sentido estricto lo que supone restricción a la amnistía, como es principio doctrinal en la interpretación de las leyes penales» en palabras de las mismas fuentes informantes.

El contenido de la circular comprendería tres puntos: ámbito de la amnistía, procedimiento de aplicación y efectos.

Se añade que en los casos excluidos en razón del carácter del delito, por cuanto se haya puesto en peligro o lesionado la vida o integridad física de las personas, se interpreta la noción de peligro en relación con los riesgos directosy concretos.

En cuanto a la intencionalidad políticta que debe ser característica de los delitos amnistiados, las instrucciones admiten que pueda concurrir no sólo en delitos políticos, sino también de delitos aparentemente comunes. Entre éstos podrían incluirse, entre otros, los robos cuyo fin fuese aportar fondos para organizaciones políticas.

Respecto a los delitos de opinión, es decir, los que consisten en exceso o abuso de los derechos de expresión o manifestación del pensamiento, se llega en las instrucciones a la más absoluta amplitud.

No obstante, en fuentes de abogados defensores no se ha podido confirmar la difusión de estas normas de aplicación, y se ha citado el martes próximo como posible fecha de salida del documento.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_