La jueza de la Superliga concluye que la FIFA y la UEFA abusan de su posición de dominio e impiden la libre competencia en el mercado
La magistrada considera que ambos organismos imponen restricciones injustificadas y desproporcionadas que infringen el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
La magistrada del juzgado de lo mercantil número 17 de Madrid publicó este lunes una sentencia que apunta al camino que pueden seguir los promotores de la Superliga para poner en marcha una nueva competición europea de clubes de fútbol que en su primer intento, en abril de 2021, frenaron la UEFA y la FIFA con amenazas y sanciones. La jueza Sofía Gil determinó que en aquella primera tentativa los organismos de gobierno del fútbol abusaron de su posición dominante y que el marco regulatorio que habían diseñado impedía la libre competencia al atribuirse la facultad discrecional de prohibir la participación en competiciones alternativas e imponer restricciones “injustificadas y desproporcionadas” que infringen los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
Además, la magistrada ordenó “a la FIFA y a la UEFA a que cesen en las conductas anticompetitivas descritas” y les condenó “a remover inmediatamente todos los efectos de las actuaciones anticompetitivas descritas”.
El fallo, recurrible ante la Audiencia Provincial de Madrid, traduce al procedimiento de la Superliga el marco fijado por el Tribunal Superior de Justicia de la UE (TJUE) en su sentencia del 21 de diciembre del año pasado, que subrayaba el abuso de posición dominante de la UEFA y la FIFA y prescribía que debían formular un sistema de autorización de competiciones “transparente, objetivo y no discriminatorio”. La sentencia de este lunes constata que “en el momento de interposición de la demanda no existía procedimiento de autorización alguno”, y no se pronuncia sobre el aprobado por la UEFA en junio de 2022, ya que es posterior a lo que juzga.
El organismo europeo celebró en un comunicado que la magistrada siguiera al TJUE —algo obligatorio— al respaldar un procedimiento de autorización previa. También subrayó que “el juzgado no ha dado luz verde ni ha aprobado proyectos como la Superliga”. En ese punto coincidió con el presidente de LaLiga, Javier Tebas: “No valida la Superliga”, escribió en X.
Sobre la estimación parcial de la demanda de European Superleague, es importante aclarar que (en la misma línea que el TJUE) la Juez exige a FIFA y UEFA una reglamentación sobre nuevas competiciones transparente y garantista, pero no valida la Superliga. Es más, se considera un… pic.twitter.com/dhZQBJpOiF
— Javier Tebas Medrano (@Tebasjavier) May 27, 2024
Sin embargo, ese asunto no se estaba dirimiendo, como explica la sentencia de Sofía Gil: “No es objeto del procedimiento valorar una autorización de la Superliga”. Se trataba, en cambio, de fallar sobre las condiciones de acceso al mercado de las competiciones de fútbol.
Bernd Reichart, el consejero delegado de A22, encargado de la puesta en marcha de la Superliga, cree que la sentencia supone un hito en su empeño: “La era del monopolio ha terminado definitivamente. Esperamos continuar nuestro diálogo con todo tipo de clubes para mejorar el fútbol de clubes a nivel internacional”, dijo en un comunicado.
Contar con una sentencia judicial resultaba determinante para el proyecto y creen que les permite avanzar. En primer lugar, porque un fallo así era uno de los requisitos del contrato inicial que aún vincula a 11 de los 12 clubes fundadores del proyecto de 2021. Pese a las declaraciones públicas, solo el Inter de Milán se ha desgajado de manera efectiva. Aquel contrato, como reveló en 2023 un auto de la Audiencia Provincial de Madrid, contemplaba “como condición suspensiva para poder empezar la competición deportiva a nivel paneuropeo el reconocimiento de la Superliga por la FIFA o por la UEFA o, alternativamente, la obtención de una protección legal concedida por los órganos jurisdiccionales o los organismos administrativos que permita a los clubes fundadores participar en la Superliga sin dejar de participar en sus ligas, competiciones y torneos nacionales respectivos”. Fuentes de A22 consideran que esa condición se cumplió este lunes, lo que les faculta para volver a ponerse en marcha.
También consideran clarificador para el futuro de su proyecto lo que se refiere al procedimiento de autorización previa de competiciones de la UEFA. Con lo fijado en la sentencia, se disponen a seguir adelante con su proyecto, aunque, como adelantó Reichart en una entrevista en EL PAÍS el pasado diciembre, no creen que el reglamento de junio de 2022 cumpla con los requisitos fijados por el TJUE: “Es un chiste”, dijo entonces.
Entre los puntos que cuestionan está que el nuevo reglamento establece que una posible denegación de permiso de la UEFA debería recurrirse ante el TAS, algo que la sentencia del 17 de lo mercantil también cuestiona: “Es un órgano deportivo. Se obvia la naturaleza de la UEFA, que actúa en el tráfico económico como una empresa y la naturaleza de sus decisiones. Lo que determina el carácter sesgado de la normativa”.
El fallo, por tanto, abre un cierto camino a la Superliga, al darle el respaldo que requería su contrato inicial, y que pasa por pedir autorización a la UEFA, o recurrir antes las normas de 2022. Incluso, como comentaron el pasado diciembre fuentes del proyecto, la sentencia podría suponer el soporte para una demanda multimillonaria por daños y perjuicios contra los que obstaculizaron su entrada al mercado, como acaba de fijar la jueza.
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