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El Madrid queda eliminado de la Copa por alineación indebida de Cheryshev

El Juez Único de Competición no acepta las alegaciones del club blanco Queda excluido de la competición por la alineación indebida de Cheryshev ante el Cádiz

Eleonora Giovio
Benítez sustituye a Cheryshev en el Carranza en el minuto 46.
Benítez sustituye a Cheryshev en el Carranza en el minuto 46.Denis Doyle (Getty Images)

Se acabó la Copa para el Real Madrid. El conjunto de Rafa Benítez dice adiós, en el mes de diciembre, a la lucha por uno de los tres títulos en juego. Los blancos, que ganaron al Cádiz en la ida el pasado miércoles por 1-3, no disputarán el partido de vuelta. El Juez Único de Competición los elimina por alineación indebida. Denis Cheryshev, que fue titular y marcó el gol que abrió el marcador, estaba sancionado y no tendría que haber jugado en el Carranza. Arrastraba un partido de sanción por acumulación de tarjetas de la pasada edición de la Copa (cuando vestía la camiseta del Villarreal). El Cádiz presentó una denuncia y el Juez Único le ha dado la razón desestimando las alegaciones del Madrid. A Osasuna le pasó lo mismo esta temporada: en septiembre alineó a un jugador sancionado (Unai García) contra el Mirandés y fue eliminado.

El Madrid ha hecho una interpretación parcial y sesgada del artículo 41", señala el juez

Alegaba el Madrid que nadie le había notificado personalmente la sanción a Cheryshev, que el club no conocía su existencia, que nadie se lo comentó, ni el jugador, ni el Villarreal, ni la Federación. Así que, según dijo el presidente del club, Florentino Pérez, el jueves, era “imposible que obraran de otra manera”. El Juez Único, en su resolución, confirmó que la Federación siguió el cauce habitual y que la sanción fue notificada al Villarreal el pasado 6 de marzo “permaneciendo hasta el día de hoy en el sitio web”.

Alegaba, además, el Madrid que artículo 41 apartado 2 del reglamento dice que “las resoluciones sancionadoras no producirán efectos para los interesados hasta su notificación personal”. Sin embargo, el mismo artículo dice, en otros dos apartados, que “con independencia de la notificación personal, las resoluciones se publicarán en la web de la RFEF” y que “las notificaciones a técnicos, jugadores, entrenadores, delegados y directivos podrán realizarse en el club o SAD al que pertenezcan en cada momento. La misma será válida a todos los efectos”.

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Por eso entienden en la RFEF que la notificación al club ha de entenderse como una notificación personal y, añade en la resolución, que se hizo llegar al domicilio que Cheryshev hizo constar en su ficha (la sede del Villarreal). “El Madrid ha hecho una interpretación parcial y sesgada del artículo 41[…]. Señalan que las notificaciones deben llegar realmente al conocimiento de su destinatario (SIC), circunstancia que solo al club denunciado le genera dudas de que se haya producido en el presente caso”, escribe el Juez Único en la resolución. Recuerda en varias ocasiones que la notificación siguió el cauce habitual y que “ni el sentido común ni la lógica aconsejan que se entregue en mano y con acuse de recibo a cada futbolista las sanciones que se imponen”. El Madrid dijo el jueves que no había recibido ninguna circular de la Federación este verano en la que detallaba la situación disciplinaria de todos los jugadores de cara a la nueva temporada. Esa circular se puede pedir a la RFEF, dice el Juez Único en la resolución, y el Madrid no la recibió porque no la solicitó.

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Sobre la firma

Eleonora Giovio
Es redactora de sociedad especializada en abusos e igualdad. En su paso por la sección de deportes ha cubierto, entre otras cosas, dos Juegos Olímpicos. Ha desarrollado toda su carrera en EL PAÍS; ha sido colaboradora de Onda Cero y TVE. Licenciada en Ciencias Internacionales y Diplomáticas por la Universidad de Bolonia y Máster de EL PAÍS.

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