Rebajada la condena por el botellazo a Juande Ramos
La Audiencia de Sevilla retira al autor la prohibición de dos años de acudir a espectáculos deportivos y reduce la multa de 3.650 a 2.700 euros
La Audiencia de Sevilla ha rebajado de 3.650 a 2.700 euros la multa al autor del botellazo que dejó inconsciente al entonces entrenador del Sevilla FC, Juande Ramos, en un partido contra el Betis, en una sentencia que además le levanta la prohibición de acudir durante dos años a espectáculos deportivos. Fuentes judiciales han indicado a Efe que la Sección Cuarta de la Audiencia ha rebajado la multa por un delito de desórdenes públicos desde los doce meses que impuso el juzgado penal 2 de Sevilla a nueve meses, pero mantiene otra multa de 300 euros por una falta de lesiones.
Los hechos ocurrieron durante un partido Betis-Sevilla el 28 de febrero de 2007 en el estadio Ruiz de Lopera, cuando el acusado A.Ch.R., de 31 años, que entonces era portero del Castilleja C.F., lanzó una botella contra el banquillo del equipo visitante, "pese a conocer las graves consecuencias que podía ocasionar con su acción, dada la naturaleza del partido y el elevado número de espectadores que asistían al mismo". Juande Ramos, que recibió el impacto en la cabeza, perdió el conocimiento y tuvo que ser evacuado del estadio en ambulancia, por lo que la sentencia establece para él una indemnización de 360 euros por los siete días que tardó en curar. Tras entrenar al Sevilla, Juande Ramos, dirigió al Tottenham inglés, al Real Madrid y al CSKA de Moscú, donde permaneció hasta el pasado mes de octubre.
La Audiencia, que ha comenzado a notificar su sentencia a las partes, hace una interpretación de la legislación vigente y retira la parte de la condena que prohíbe al condenado acudir durante dos años a espectáculos deportivos, algo que según los jueces sólo puede hacerse en condenas de cárcel pero no de multa. Los jueces, sin embargo, acuerdan dar cuenta de los hechos al Observatorio de la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte. La Audiencia confirma la interpretación del juzgado penal de que el botellazo, en un partido de rivalidad local, corría el riesgo de provocar un enfrentamiento entre las aficiones del Betis y del Sevilla, perturbación grave que "afortunadamente no acaeció".
Además, el partido que se disputaba el 28 de febrero de 2007 en el campo del Betis fue suspendido y terminó días después en Getafe (Madrid), por lo que la molestia que causó "no fue menor, tanto por los riesgos generados como por los perjuicios que se siguieron para los aficionados", que tuvieron que viajar a Madrid si querían ver el final del partido, según dijo entonces el juez penal.
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