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La FAPE condena la vulneración deontológica de Jiménez Losantos, Negre y ‘El Debate’ al difundir un bulo de Miguel Ángel Rodríguez sobre dos periodistas de EL PAÍS

La Comisión de Arbitraje de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España rechaza la admisión a trámite de otra queja también presentada por estos hechos desde el Comité de Redacción de EL PAÍS contra Vito Quiles, al no considerar a Telegram como un medio de comunicación

Miguel Ángel Rodríguez e Isabel Díaz Ayuso.
Miguel Ángel Rodríguez e Isabel Díaz Ayuso.ÓSCAR ORTIZ (Europa Press)
El País

La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo condena la vulneración deontológica de Federico Jiménez Losantos, Javier Negre y ‘El Debate’ al difundir un bulo de Miguel Ángel Rodríguez sobre dos periodistas de EL PAÍS. El órgano autorregulador de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) considera en tres resoluciones (una por cada caso) publicadas en su página web este jueves que Jiménez Losantos, Negre y El Debate incumplieron el Código Deontológico de esta entidad al hacerse eco de lo difundido el pasado 19 de marzo por el jefe de Gabinete de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, a través de un chat de periodistas. Rodríguez filtró allí datos personales de dos reporteros de EL PAÍS y una fotografía de ambos, además de acusarles falsamente de haber acosado a los vecinos de Ayuso y su pareja, incluyendo menores. Estos hechos coincidieron con la publicación de informaciones sobre la investigación por fraude fiscal a la pareja de Ayuso, Alberto González Amador.

La Comisión de Arbitraje ha rechazado la admisión a trámite de otra queja también presentada por el Comité de Redacción de este periódico contra Vito Quiles por los mismos hechos. En este caso, el órgano de la FAPE argumenta que lo difundido mediante la red social Telegram no constituye una actividad propia de un medio de comunicación que requiera de su fiscalización. Por otra parte, la Comisión ha dado la razón a elDiario.es en sus quejas contra El Confidencial Digital, Libertad Digital y El Debate por vulneración deontológica al difundir la acusación sin pruebas de Miguel Ángel Rodríguez contra periodistas de este medio, de quienes dijo que intentaron allanar “encapuchados” la vivienda de la presidenta de la Comunidad de Madrid.

Las más de 200 resoluciones dictadas por la Comisión de Arbitraje de la FAPE durante sus 20 años en funcionamiento no llevan aparejadas sanciones para los medios. Según su presidente, Fernando González Urbaneja, este órgano autorregulador de la deontología periodística en España sin capacidad punitiva —integrado por representantes de la profesión, del derecho, del ámbito académico y otras actividades relevantes de la vida social— pone de manifiesto “únicamente el sentido moral” de las publicaciones objeto de controversia. La capacidad para interponer las quejas recae ante “cualquier persona natural o jurídica afectada por una actividad periodística”; y excepcionalmente quien no sea directamente afectado, pero plantee asuntos “de supuestos de alarma o escándalo social”.

La resolución 2024/216b desarrolla la vulneración de Federico Jiménez Losantos, director de la emisora esRadio, en su programa Es la mañana de Federico. El escrito analiza los hechos que tuvieron lugar en dicho espacio radiofónico el pasado 20 de marzo, cuando una locutora transmitió los datos enviados por Miguel Ángel Rodríguez al chat de periodistas el día anterior y a continuación Jiménez Losantos realizó este comentario: “Ayer denunció [en referencia a Miguel Ángel Rodríguez] que ya había sujetos delincuentes de preescolar tratando de entrar en su casa. Y el amigo de ETA [en alusión al delegado del Gobierno en Madrid] el Paquirrín éste negándole la custodia. Al revés, hay que evitar la custodia. ¡Hombre! Alberto [González Amador, pareja de la presidenta madrileña], que es un bigardo bien plantao, además de familia militar, tendrá dos amigos. Y si no, Desokupa. Y al primero que aparezca por ahí metiéndose y tal pues tiene un accidente que se rompe tres huesos. Esto lo entienden a la perfección. Lo que entienden los ‘diputeros’, que son violentos y delincuentes, es la violencia. Es que hemos llegado a este punto”.

La Comisión de Arbitraje determina en su resolución que Jiménez Losantos vulnera por este comentario el Principio de Actuación 1.a del Código Deontológico de la FAPE, según el cual el periodista “deberá fundamentar las informaciones que difunda, lo que incluye el deber de contrastar las fuentes y el de dar la oportunidad a la persona afectada de ofrecer su propia versión de los hechos”. Asimismo, el órgano considera vulnerado el artículo 4.b: “Con carácter general deben evitarse expresiones, imágenes o testimonios vejatorios o lesivos para la condición personal de los individuos y su integridad física o moral”.

El mismo artículo 1.a del Código Deontológico de la FAPE sobre fundamentar las informaciones, contrastar las fuentes y dar voz a los afectados se considera vulnerado en la resolución 2024/216c contra Javier Negre, responsable del grupo EDA (Estado de Alarma). La Comisión de Arbitraje analiza el comentario en la red social X (antes Twitter) que Negre difundió el 19 de marzo con una fotografía de Ayuso y una imagen cenital de los dos periodistas de EL PAÍS señalados por el jefe de Gabinete de la presidenta madrileña, acompañadas del siguiente texto: “Aquí los dos periodistas de El País que están amedrentando a los vecinos de Ayuso. Se han cruzado todas las líneas rojas. Tendrán que probar su propia medicina”. El tuit estaba vinculado a un artículo sin firma en la web de EDATV (Estado de Alarma Televisión), de la cual Negre es máximo responsable.

La Comisión de Arbitraje no entra a valorar el comentario de Negre en su cuenta de X, bajo el argumento de que este órgano autorregulador no se considera competente para vigilar el cumplimiento de su Código Deontológico en las redes sociales “como si fueran noticias publicadas por un medio de comunicación”. Es la misma argumentación que esgrime esta Comisión de la FAPE para no haber admitido a trámite otra queja también presentada por el Comité de Redacción de EL PAÍS por los mismos hechos contra Vito Quiles, acreditado como informador en el Congreso de los Diputados —contra cuya credencial se ha manifestado la Asociación de Periodistas Parlamentarios— e investigado por injurias y calumnias en un juzgado de Sevilla. En el caso de Quiles, la Comisión considera: “Los mensajes expresados en cuentas de redes sociales, como este caso en Telegram, no son medios de comunicación y por lo tanto están al margen de las consideraciones de nuestra actividad”.

Lo que sí analiza la Comisión de la FAPE en su resolución sobre Negre es el artículo sin firma en la web de EDATV enlazado a su comentario en X, donde sí se destaca la vulneración deontológica. Entre sus alegaciones presentadas, Negre consideró que no era necesario “dar la oportunidad a la persona afectada de ofrecer su propia versión de los hechos” por tratarse de una información según él contrastada. Además, negó la competencia de la Comisión de Arbitraje para conocer de este asunto en base al artículo 24 de los Estatutos de FAPE que define a la Comisión como “una instancia arbitral entre la profesión y los ciudadanos que se sientan afectados por determinadas informaciones”. Y también consideraba una falta de legitimación en la queja presentada por el periodista de EL PAÍS Miguel González en nombre del Comité de Redacción de este periódico. Todos esos aspectos han sido rechazados en la resolución.

En su resolución 2024/216a, la Comisión de Arbitraje ha declarado por unanimidad que el artículo publicado por El Debate, suscrito por Paula Baena el pasado 19 de marzo (que también se hizo eco del infundio transmitido por Miguel Ángel Rodríguez y donde se denominó a los reporteros de EL PAÍS como “periodistas prosanchistas”), vulnera el artículo III de los Principios de Actuación que incluye el Código Ético de la profesión periodística. Esos Principios de Actuación determinan que “el compromiso con la búsqueda de la verdad llevará siempre al periodista a informar solo sobre hechos de los cuales conozca su origen, sin falsificar documentos ni omitir informaciones esenciales, así como a no publicar informativo falso, engañoso o deformado”.

La queja de ‘eldiario.es’

Por otra parte, la Comisión ha dado la razón a elDiario.es en sus quejas contra El Confidencial Digital, Libertad Digital y El Debate por vulneración deontológica al difundir la acusación sin pruebas de Miguel Ángel Rodríguez contra periodistas de este medio. El jefe del Gabinete de Ayuso dijo que intentaron allanar la vivienda de la presidenta de la Comunidad de Madrid “encapuchados”. Las acusaciones fueron desmentidas por este medio de comunicación, al que Rodríguez había amenazado días antes con “triturar” y cerrarlo. El órgano autorregulador de la FAPE ha considerado que las cabeceras denunciadas por el elDiario.es vulneraron el citado Artículo III del Código Deontológico de la profesión periodística.

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