Un juzgado concede una pensión de 656 euros a un politoxicómano que no puede trabajar
La Seguridad Social se opone a la decisión judicial alegando que el hombre muestra una mejoría
El Juzgado de lo Social 2 de Tarragona ha concedido una pensión mensual de 656 euros a un hombre de 46 años que sufre una fuerte y continuada adicción a las drogas y que reclamó no estar en condiciones de poder trabajar. A pesar de la oposición del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que alega que el politoxicómano ha mostrado una mejoría en los últimos tiempos, la jueza ha resuelto que el hombre, enganchado a las drogas desde los nueve años de edad, es merecedor de una incapacidad permanente absoluta.
La resolución del juzgado tarraconense recoge que el reclamante está diagnosticado por "dependencia a múltiples drogas" y por alcoholismo. Ha sobrevivido a cuatro sobredosis y a cinco episodios de delírium trémens derivados de su supeditación al alcohol. Le constan varios intentos de autolesión así como trastornos de tipo psicótico. Además, sufre hepatopatía crónica y hepatitis C. La Seguridad Social le concedió en 2014 una pensión mensual por incapacidad estimando que no estaba en condiciones de poder trabajar. Sin embargo, en 2016, y tras un reconocimiento médico a cargo de los especialistas del Instituto Catalán de Avaluaciones Médicas (ICAM), se dictaminó que no procedía seguirle pagando la incapacidad permanente.
Cristina Moscoso, letrada especialista en requerimientos contra la Seguridad Social del despacho Tribunal Médico, puso entonces un recurso judicial alegando que el estado físico del demandante seguía tan maltrecho como antaño y que no había motivo para dejarle sin prestación. En la demanda se recoge que ha ido necesitando de sucesivos ingresos en centros de rehabilitación para desengancharse de las drogas y se enumeran recaídas, depresiones y episodios de "pérdida de control de los impulsos". La jueza valora que el reclamante vive en un piso de reinserción para tratar de mantener a raya sus adicciones. En este contexto, la sentencia le restituye el derecho a percibir la paga en tanto que sigue siendo incapaz para desempeñar ninguna actividad laboral.
"No se le da una prestación por el consumo de drogas"
La letrada Cristina Moscoso indica que los criterios de la Seguridad Social para conceder estas prestaciones son "cada vez más restrictivos", pero señala que cabe apreciar un matiz importante. "No se le da un prestación por el consumo de drogas, sino por los daños y las lesiones que le ha provocado su adicción". La abogada no tiene constancia de que la Seguridad Social haya recurrido la sentencia, pero, por su experiencia en otros casos, no lo descarta. "Cuando no ganan, suelen recurrir de manera automática", indica.
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