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Admitida la querella contra Desokupa por el desahucio de Can Dimoni

El observatorio DESC acusa a la empresa de desahucios extrajudiciales de allanamiento de morada, amenazas, coacciones y organización criminal

Alfonso L. Congostrina
Varios empleados de 'Desokupa' tras el intento de desalojo del Raval
Varios empleados de 'Desokupa' tras el intento de desalojo del Raval

El juzgado de instrucción número 31 de Barcelona ha admitido a trámite la querella presentada por el Observatorio de Drets Econòmics, Socials i Culturals (DESC) contra la empresa de desalojos extrajudiciales Desokupa por uno de sus desahucios.

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En concreto, la querella admitida a trámite, denuncia el desalojo de un inmueble del número 20 de la calle José Torres del barrio de Gràcia, el llamado Can Dimoni. En julio de 2015, un grupo de jóvenes ocuparon el emblemático edificio de Gràcia y permanecieron allí hasta que Desokupa les expulsó del inmueble. La directora de DESC, Irene Escorihuela, informa que acusan a la empresa de “allanamiento de morada, amenazas, coacciones y organización criminal”. El observatorio se presentará como acusación particular contra la empresa pero según la propia Escorihuela: “Fiscalía, por el momento, ha evitado pronunciarse”. DESC solicitará que los agentes de los Mossos d’Esquadra y de la Guardia Urbana que estuvieron presentes en el desalojo del inmueble vayan a declarar como testigos.

Por su parte, Desokupa siempre han defendido que sus actuaciones están amparadas por la ley. La querella de DESC es la primera que se admite a trámite contra la empresa de desalojos extrajudiciales. El Ayuntamiento de Barcelona presentó en diciembre un conjunto de actuaciones para combatir las actuaciones de este tipo de empresas.

El Consistorio presentó en Fiscalía documentación relativa a cuatro desalojos en los que consideraron que se habían perpetrado ilícitos penales. También formaron a agentes para actuar contra el mobbing inmobiliario. Pese a ello, por el momento, la única causa abierta contra Desokupa es la presentada por DESC.

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