Elecciones, consultas y referendos
La mayor facilidad de movimientos y de circulación de la información permite ahora una mayor participación directa. Puede ser positiva, siempre que se escojan bien el tema y el nivel
Durante los últimos años han sido frecuentes las ocasiones en que hemos vivido, tanto aquí como fuera, formas de democracia directa que han permitido la participación ciudadana en la toma de decisiones políticas. Creo que es muy bueno que estos mecanismos complementen la democracia indirecta, es decir las decisiones que toman aquellas personas a las que hemos elegido como nuestros representantes y a las que hemos encomendado tomarlas en nuestro nombre. Hay que reconocer que, en más de un caso, se han producido debates y hasta conflictos sobre la conveniencia de utilizar unas u otras fórmulas, y se ha discutido su mayor o menor “calidad democrática”. El reciente caso en el Reino Unido lo ha intensificado.
No soy un especialista en derecho constitucional. Los comentarios que siguen son simplemente opiniones personales, que pretenden ser de sentido común.
1. Representantes. Antes de la democracia, las decisiones las tomaban unos pocos. Eran los que tenían el poder, conseguido por la riqueza, por las armas, por la estirpe o por designio divino. El triunfo de la democracia supuso que siguieran decidiendo unos pocos, pero elegidos por el pueblo. El conjunto de los ciudadanos sólo se moviliza de vez en cuando para escoger sus representantes, a través de elecciones. Pero las decisiones las siguen tomando grupos reducidos de personas que se supone que tienen toda la información para tomarlas y que lo hacen teniendo en cuenta los intereses de quienes les han elegido. Si esto falla, como ocurre muchas veces, los ciudadanos “no se sienten representados”.
2. Participación directa. La mayor facilidad de movimientos y, sobre todo, de circulación de la información, permite ahora que esta movilización general pueda ser más frecuente, sobre todo en territorios reducidos. Se abre la puerta a mayor participación directa, a través de consultas o de referendos. Las primeras, como su nombre indica, sirven para conocer la opinión de los ciudadanos, pero no son vinculantes; es decir, la decisión la tomará el órgano político al que corresponda, teniendo en cuenta la opinión expresada. En cambio, los segundos sí tienen carácter vinculante, ya que sirven para “refrendar” una decisión que ya ha tomado el órgano político, y que no puede entrar en vigor sin este refrendo. Tengamos en cuenta esta distinción para no confundir a los ciudadanos. Acertemos en las preguntas y aseguremos la información necesaria.
3. Preguntas. En el referéndum la pregunta es obvia: ¿Está usted de acuerdo con esta decisión, esta ley, este Estatuto, esta Constitución? Y la respuesta sólo puede ser SÍ o No. En una consulta la pregunta puede ser menos binaria, puede ofrecer dos o más posibilidades, y pedir cual es la preferida. La inteligencia en la formulación de la pregunta puede ayudar mucho a conocer los deseos de los ciudadanos, si ésta es la verdadera finalidad de la consulta.
4. Información. Para tomar una decisión compleja, la información de la que disponen los ciudadanos es fundamental. Esto vale para elecciones, consultas, o referendos. Y esta es una de las grandes debilidades de la actual democracia. La información es a menudo incompleta, sesgada, o falsa. En las elecciones, las promesas electorales de los candidatos son poco fiables; y en los referendos cuesta analizar, por contradictorias y desconcertantes, las posibles consecuencias de una decisión. Lo segundo es más grave que lo primero, ya que una decisión electoral equivocada sólo es un error para 4 años, mientras que en un referéndum puede ser para siempre. Esta dificultad provoca que, muy a menudo, se intente apelar más a los “sentimientos patrióticos” y a las “xenofobias”, que a la racionalidad, como hemos visto claramente en el Reino Unido.
5. Tres sugerencias. a) Es bueno aumentar más la democracia directa, siempre que se sepa escoger en qué temas (no excesivamente complejos) y en qué nivel (municipal, estatal...) b) No es imposible, pero sí peligroso, utilizar una de estas figuras jurídicas para finalidades que corresponden a otra, pues provocan lecturas diferentes y cuestionables de los resultados. c) La mentira, el engaño, la ocultación de la realidad, y otras trampas, deberían tener consecuencias para quienes las utilizan (tal vez no de tipo penal, pero sí de tipo político y administrativo) ya que se trata de un fraude, que actualmente queda totalmente impune.
Joan Majó es ingeniero y ex ministro.
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