El Superior exculpa a Paula Prado sin aclarar las justificaciones jurídicas
El auto descarta el tráfico de influencias y no explica qué pasó con el fraude
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la exculpación de la diputada y exportavoz del PP gallego Paula Prado sin divulgar las justificaciones jurídicas. En un auto con fecha del pasado 15 de abril y tras una deliberación celebrada el día anterior, los magistrados descartan la presunta comisión de un delito de tráfico de influencias pero no hacen referencia al de fraude a la Administración, que también iba a ser objeto de investigación del alto tribunal, tal y como anunció esta institución el pasado mes de septiembre cuando imputó a Prado. En el apartado de razonamientos jurídicos de su dictamen, facilitado a los medios solo a través de una petición formal, la Sala se limita a afirmar que “se han practicado todas las diligencias pertinentes y útiles para el esclarecimiento de los hechos”. El TSXG ha declinado dar más explicaciones.
En una resolución contra la que no cabe recurso, los magistrados se decantan por el sobreseimiento provisional y no por el sobreseimiento libre de las actuaciones y archivo que solicitaban el fiscal y la defensa de la diputada, lo que significa que se podría reabrir la causa en caso de que fueran halladas nuevas pruebas. “La instrucción se ha agotado sin que resulte debidamente justificada la comisión de delito alguno por Paula Prado del Río”, apunta el auto, uniéndose así a la conclusión del instructor, Pablo Saavedra, y del fiscal, Fernando Suanzes, recientemente nombrado fiscal jefe de Galicia.
La causa contra Prado en el TSXG se inició después de que la juez del caso Pokémon, que investiga una supuesta trama de sobornos a políticos de varios partidos a cambio de contratas municipales, remitiese al alto tribunal unos indicios contra la diputada popular que ahora son rechazados. Pilar de Lara, titular del juzgado número 1 de Lugo, interceptó a través de pinchazos telefónicos conversaciones de Prado que traslucían gestiones para colocar a personas afines al PP en una guardería del Ayuntamiento de Santiago (la de Salgueiriños) y para interceder por los permisos para la sala de conciertos Moon de la capital gallega. Aduanas grabó también a la exportavoz del PP presumiendo, según los agentes, de haberle “metido un gol” al entonces alcalde de Santiago, Ángel Currás, al elevar en 3.000 euros el coste del espectáculo infantil La Abeja Maya, encargado por el Ayuntamiento a un empresario amigo de la diputada.
Los hechos bajo sospecha ocurrieron cuando Prado era concejala del PP en Santiago pero, al ser actualmente parlamentaria y gozar de aforamiento, De Lara remitió el caso al Tribunal Superior. En su exposición motivada, la juez apuntaba a cuatro presuntos delitos aunque, al procesar a Prado, el TSXG los rebajó a dos: tráfico de influencias y fraude a la Administración. De este último, no se tiene noticia.
El PP celebró ya el pasado 25 de marzo la exculpación de Prado —que dimitió como portavoz del partido por este caso—, día en el que el Tribunal Superior divulgó que el instructor había propuesto su archivo. El alto tribunal no hizo público entonces aquel auto —que tampoco fue facilitado ayer a este periódico— y en una nota de prensa se limitó a informar de que se había acotado la instrucción al delito de tráfico de influencias, sin aludir en ningún momento a las razones que llevaron a descartar el fraude. La única explicación que ha accedido a dar el TSXG sobre la exculpación de Prado se recoge en la siguiente frase de aquel comunicado: “El magistrado instructor indica en el auto que el fiscal 'analiza al pormenor desde la perspectiva de la ley y la jurisprudencia el delito de tráfico de influencias para descartarlo, en concreto a lo relativo al espectáculo La Abeja Maya, como a los conciertos celebrados en el local Moon, así como en las contrataciones de personal efectuadas por Sermasa (adjudicataria del concurso municipal de la escuela infantil Salgueiriños)”. También permanece oculto el escrito de la fiscalía.
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