Condena de 550.000 euros al Consell por decisiones del exconsjero Blasco
El TSJ sentencia que el exconsejero denegó de forma arbitraria ayudas a una ONG Lo hizo en las fechas en que, según Fiscalía, amañaba el proyecto de un hospital en Haití
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano ha condenado a la Generalitat a pagar 550.000 euros a la ONG Solidaridad Internacional del País Valenciano que en 2011 vio rechazada la financiación de dos proyectos que pretendía llevar a cabo en Cisjordania y El Salvador. El tribunal considera que la denegación de las subvenciones, firmada por el exconsejero Rafael Blasco, condenado a ocho años de cárcel por el desvío de ayudas al Tercer Mundo, careció de “motivación”, el elemento que permite “discernir entre discrecionalidad y arbitrariedad”.
Blasco firmó la resolución en abril de 2011. Según la Fiscalía, se trata de las fechas en las que él y otros altos cargos de la Consejería de Solidaridad y Ciudadanía estaban amañando la adjudicación de más proyectos de ayuda al desarrollo, incluido el de la construcción de un hospital en Haití. Todo ello integra las piezas separadas dos y tres del caso Cooperación que investiga la juez Nieves Molina. El histórico dirigente del PP valenciano fue condenado en mayo del año pasado en la primera pieza del caso, aunque ha recurrido la sentencia ante el Tribunal Supremo.
Los proyectos de Solidaridad Internacional, que según su web nació en 1986 por iniciativa de “personas en su mayoría miembros en aquel momento del PSOE”, tenían como finalidad promover “la salud sexual y reproductiva en Cisjordania” y facilitar el “acceso sostenible a agua potable” en dos municipios del El Salvador. Ambos proyectos alcanzaron casi 100 puntos, el máximo, en la valoración técnica. Y cero y tres puntos sobre 20, respectivamente, en el apartado de adecuación de los proyectos “a los objetivos y prioridades de la política de la Generalitat”.
Los jueces no ven incorrecto ese criterio. Pero sí la falta de explicación sobre los objetivos y sobre por qué unos proyectos se ajustaban a ellos y otros no, lo que generó “indefensión”.
La Sección Quinta encargó a la jefa del departamento de ONGD de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECID) un informe pericial que comparase los dos proyectos de Solidaridad Internacional con otros que sí lograron las subvenciones gracias a obtener la máxima puntuación en el apartado discutido por los jueces. La perito concluyó que los dos proyectos rechazados eran los mejores.
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