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Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

Tonterías

No hacen falta más delitos ni mayores penas que los hoy vigentes para afrontar el terrorismo yihadista o cualquier otro

José María Mena

Acuerdo para afianzar la unidad en defensa de las libertades y en la lucha contra el terrorismo”, este es el pomposo título del pacto suscrito por el PP y el PSOE el pasado 2 de febrero. Su única plasmación efectiva es una reforma del Código Penal. Dice el acuerdo que su objetivo es la prevención y persecución del terrorismo yihadista, amenaza real a raíz de los recientes atentados de París. Concluye con una solemne llamada a alcanzar el más amplio consenso entre las fuerzas políticas con representación parlamentaria.

La más llamativa innovación de la reforma es la introducción en nuestra ley penal de la Prisión Permanente Revisable (PPR). Es una variante imprecisa y vergonzante de la histórica cadena perpetua, desaparecida de nuestros códigos penales desde 1928. La perpetuidad de la prisión podrá evitarse, revisarse, cuando el penado lleve cumplidos 25 años de internamiento, si entonces un tribunal aprecia un pronóstico favorable de reinserción. Así se ha querido contentar, o engañar, tanto a los que claman por la cadena perpetua como a los que exigen que las penas sean humanitarias.

Hoy la pena por un asesinato terrorista puede llegar a 30 años de prisión. Si, como es frecuente, va acompañado de otros delitos, la pena puede llegar a los 40 años. A estas gravísimas penas puede añadirse una serie de prohibiciones que significan controles judiciales durante otros diez años más. Por eso era inútil más severidad, y porque, además, a los yihadistas no les van a disuadir ni los 40 años de cárcel ni la PPR, pues lo suyo es morir matando, como en los recientes atentados de París o Copenhague.

No se ha alcanzado un consenso entre las fuerzas políticas con representación parlamentarias. CiU, PNV, BNG, IU, y UPyD, han formulado sus enmiendas a la reforma legal, acogiendo la crítica general a la PPR por su posible inconstitucionalidad, su imprecisión y su inutilidad. Frente a estas críticas, Felipe González defendió el acuerdo pese a que “acaso no es ni siquiera constitucional”, como si esto fuera accesorio o irrelevante. Añadió que “cuando hay un atentado terrible, entonces todo el mundo reclama por qué no se ha hecho lo que se acaba de hacer” (se refería al acuerdo) y, con una inaceptable sonrisa displicente, concluyó: “Y entonces nos arrepentimos de haber dicho las tonterías que se oyen”.

Lo que hace falta es reforzar la eficacia judicial y policial con más medios, poniendo al día las figuras del confidente, el testigo protegido y el agente infiltrado

Se habían oído las reflexiones que cuatro días antes escribió en EL PAÍS Tomás S. Vives, jurista sabio e impecable, que fue vicepresidente del Tribunal Constitucional. Salía al paso de la justificación ofrecida por los redactores de la PPR, presentándola como respuesta a una demanda de los ciudadanos. Señalaba críticamente que “resulta rentable electoralmente seguir los dictados de ciudadanos encolerizados”. Cabe añadir que tanto o más los dictados de los ciudadanos atemorizados, porque el voto del miedo siempre es contagioso, paralizante y conservador. Y concluía el citado jurista: “Poner a las víctimas como eje de la política criminal es un error ético”. No decía tonterías.

Tampoco parecen tonterías los reproches pragmáticos de altas instituciones del Estado. El Consejo de Estado había informado de que “en ningún momento se apuntan las razones por las que se ha entendido que una reforma de esa magnitud sea necesaria en el momento actual”, y hacía suyo el argumento del Consejo General del Poder Judicial según el cual “la lucha antiterrorista puede ser plenamente eficaz mediante la conjunción de una serie de medidas de diversa índole sin necesidad de introducir la PPR”.

Esas medidas son las que ya tenemos. No hacen falta más delitos ni mayores penas que los hoy vigentes para afrontar el terrorismo yihadista o cualquier otro, como ha puesto de manifiesto la experiencia, desgraciadamente abundante, de nuestros tribunales. El problema, hoy, es la prevención y, en su caso, la inmediata detención de los terroristas yihadistas.

Para ello lo que hace falta es reforzar la eficacia judicial y policial con más medios, poniendo al día las figuras, hoy insuficientes, del confidente, el testigo protegido y el agente infiltrado, con el reforzamiento de los recursos humanos y materiales de información, y de los tratamientos y controles penitenciarios, etcétera. El acuerdo anuncia mayor atención a estas necesidades inaplazables, pero no constan proyectos próximos ni presupuestos precisos.

Así pues, en la práctica solo queda el anuncio de mayor severidad, eso sí, para ser efectiva dentro de 25, 30 ó 40 años. Parece que los partidos firmantes del acuerdo han seguido el consejo de Quevedo: “Si quieres que las mujeres te sigan ponte delante de ellas”. O sea, que les siga, o empuje, el populismo represivo, con su rentabilidad electoral, con su miedo paralizante y su triste y explicable, pero incivil, ánimo de venganza. Lamentablemente renuncian a su función constitucional, a veces ingrata, de formación de la voluntad popular a partir de principios de civilización democrática y humanitaria. No son tonterías.

José María Mena fue fiscal del TSJC

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