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tribunales

Condenado un heroinómano a año y medio de cárcel por tráfico de drogas

La sentencia aprecia la atenuante de adicción porque los 'ertzainas' le conocían como toxicómano

La Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a un heroinómano a un año y medio de prisión por traficar con drogas. El encausado, al ser detenido el 22 de abril de 2013 cuando vendía heroína en Bilbao, se le ejecutaron las condenas de dos sentencias firmes, del 11 y del 15 de marzo de ese mismo año, por sendos delitos contra la salud pública.

La resolución judicial considera probado que el 22 de abril de 2013 en la calle Bailén de la capital vizcaína el procesado entregó a otra persona, a cambio de 10 euros, un envoltorio que contenía 0,245 gramos de heroína con una riqueza de 0,8%. Al acusado se le ocuparon 25 euros procedente de la venta de sustancias estupefacientes.

El detenido aseguró que vivía en la calle, que consumía heroína y que, para conseguirla, en ocasiones, cometía robos o pedía dinero. Según relató, a veces, consumía medio o un gramo diario, dependiendo de la droga que pudiera conseguir. Desde el pasado mes de abril el condenado se encuentra en tratamiento de su adición en la prisión en la que cumple la pena.

La sentencia señala que se trata de "un consumidor adicto que sufraga su consumo mediante venta de pequeñas cantidades de heroína"

En el caso concurrían la circunstancia agravante de reincidencia y la atenuante de drogadicción, al alegar éste que consumía heroína inhalada. En principio, esto no podía verificarse mediante un análisis al carecer de cantidad suficiente de cabello. La sentencia apunta que "el hecho decisivo" por el que se apreció la atenuante es que los ertzainas que le vieron vender la droga, le conocían como toxicómano de la zona de San Francisco, "en la que se produce mayor número de ventas de heroína en Bilbao". De hecho, en ocasiones le habían visto consumir.

Para el Tribunal, éste era dato "suficiente" para acreditar que el acusado es heroinómano, y que esta adicción "disminuye su capacidad de percibir el mandato prohibitivo respecto a la venta de drogas, ya que es la que le permite a él mismo continuar sufragando du propia adicción".

La resolución indica que la sustancia que se le incautó (0,215 gramos de heroína con una riqueza del 0,8%), supera "por escasísimo margen la dosis mínima psicoactiva de 0,66 miligramos establecida por el Instituto Nacional de Toxicología, habiéndose acreditado un único acto de venta por parte de esta persona con problemas de integración social y en faseactiva de consumo de heroína".

De esta forma, explica que se trata de "una tipología de consumidor adicto que sufraga su consumo mediante venta de pequeñas cantidades de heroína, que se integra en el último eslabón de la cadena del tráfico de drogas al menudeo", lo que avala la escasa cantidad de dinero que se le ocupó.

Por ello, ante las circunstancias agravante y atenuante, la Sala procede a su "compensación racional, y no apreciando prevalencia de ninguna de ellas", resuelve imponer la pena "en el mínimo posible dentro del marco legal". De esta forma, le condena a un año y seis meses de prisión y multa de diez euros, además del pago de las costas procesales. 

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