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El juicio contra Los Pasteleros por narcotráfico termina en un fiasco

La fuga de un testigo desmonta la acusación del fiscal Quedan abssueltos 23 de los 26 imputados por tráfico de drogas y blanqueo

El primer macrojuicio del siglo XXI contra una de las nuevas y más cualificadas gallegas que surgieron en la pasada década acabó el 23 de diciembre en un enorme fiasco. Varios años de dedicación policial y las declaraciones bajo juramento de un narcotraficante arrepentido —que desveló la participación de la banda en un cargamento de 3,4 toneladas de cocaína— no fueron suficientes para que la Audiencia Nacional condenara a los presuntos dirigentes del grupo.

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El resultado es uno de los mayores fracasos de la lucha antidroga: de los 25 acusados, solo tres de las 15 personas que detuvo Aduanas a bordo del barco que transportaba la droga fueron condenados. Además de absolver a la cúpula del grupo de narcotráfico y blanqueo, la Audiencia Nacional revocó los numerosos embargos decretados en las empresas, negocios y cuentas bancarias de los procesados que se ordenaron en octubre de 2009 para responder a las fianzas de 1.000 millones de euros de responsabilidad civil. El plantón en el juicio de toda la tripulación era previsible, después de quedar en libertad provisional, superados los cuatro años de prisión preventiva, pero la fuga del testigo protegido, vigilado día y noche por la policía, dejó al tribunal sin argumentos probatorios y fue un giro inesperado con el que no contaba la Fiscalía Antidroga de la Audiencia Nacional.

Lagunas con el arrepentido

La falta de previsión de lo que podía suceder en el juicio de Los Pasteleros tumbó el proceso. El hecho de que los presuntos dirigentes del grupo, acusados por José Luis Fernández Tubío, no hubieran mantenido un careo con él, es el principal argumento que ha esgrimido el tribunal para absolverlos.

Recuerda la Sala que tras su detención, el narco arrepentido prestó declaración en los juzgados de Vigo y, estando en prisión provisional, realizó una segunda confesión, casi un año después, ante el juez central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional. Es entonces, estando la causa declarada secreta, "cuando identifica a las [personas] que le habían dado instrucciones y que dirigían la operación de cocaína y a partir de ese momento se extiende la investigación sobre ellos", dice la sentencia. Sin tomarles declaración, y cuando solo habían comparecido como imputados los detenidos a bordo del San Miguel, se dicta auto de procesamiento el 29 de octubre de 2009 y se acuerda que se tomen las declaraciones indagatorias a los procesados. Al contrario de los tripulantes del barco, el resto de los acusados "no tuvieron la oportunidad de intervenir en la declaración de Fernández Tubío", señala el tribunal, "y no solicitaron una nueva declaración porque no tenían motivos para temer que en el juicio oral no le iban a poder interrogar".

Según el fallo, “no les correspondía a ellos la carga de preconstituir la declaración de Fernández Tubío”, de modo que para el tribunal no resulta válida su declaración. “La consecuencia de que Fernández Tubío no haya comparecido al juicio oral no puede ser otra que desechar como prueba de cargo sus declaraciones en la fase de instrucción. Y sin estas declaraciones carece de base probatoria la participación de los acusados”, concluye el tribunal.

La Sala, presidida por el magistrado Fernando Grande-Marlaska, solo pudo condenar a Francisco Cañón García, de A Illa, al venezolano José Isasis González y al italiano Marco Fabrizi, tripulantes de la planeadora que iba a alijar la droga en alta mar, a nueve años de prisión y multa de 110,4 millones de euros para cada uno, la cantidad en la que se valoró el cargamento capturado en el pesquero San Miguel en 2008.

El tribunal absolvió al presunto cabecilla de la banda, Oscar Manuel Rial Iglesias, cuya profesión de pastelero dio nombre a la banda, y a su mano derecha, José Constante Piñeiro Búa. Ambos, según el fiscal, dirigían el grupo con la supuesta colaboración de José Andrés Bóveda Ozores, Francisco Padín Fernández, Juan Carlos Cañón García, Francisco Piñeiro Búa, Gerardo Rial Iglesias. Además del narcotráfico, la acusación por blanqueo también quedó sin efecto. Las penas solicitadas por el ministerio público superaban los 200 años de cárcel y los 6.000 millones de multas.

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El juicio comenzó con mal pie el 20 de marzo del pasado año y fue suspendido porque la tripulación no pudo ser citada al encontrarse todos en paradero desconocido. Tampoco compareció el testigo de cargo de la fiscalía, José Luis Fernández Tubío, un marinero de Boiro que dijo ser tripulante de las planeadoras de la organización y hacer de intermediario con los proveedores de la cocaína. El tribunal acordó la suspensión del juicio que se reanudó siete meses después y concluyó el 18 de diciembre pasado, mientras la policía buscaba sin éxito al arrepentido. Antes de esfumarse, el testigo protegido fue a un notario para redactar una carta que leyó su abogado ante el tribunal. En ella pedía perdón a Rial “por el daño que le había causado” y afirmaba que todo lo que dijo fueron mentiras con la única intención de salir de la cárcel.

El fallo señala que los únicos hechos probados son los relativos al viaje y posterior abordaje del San Miguel con 142 kilos de cocaína, cuando se dirigía a España. A unas 1.500 millas de la costa gallega, contactó con ellos una lancha, enviada por los destinatarios de la cocaína, que no pudieron alijar la droga al averiarse los motores. “No se ha acreditado que [el resto de los acusados en tierra] hubiesen participado en estos hechos, ni que hubiesen manejado dinero que procediese del tráfico de drogas”, dice la sentencia. Las defensas habían impugnado la validez de las escuchas, del abordaje del barco y de las garantías del proceso por haberse dictado un auto de procesamiento sin haber oído a algunos de los procesados. Sin embargo, la Sala sostiene que la decisión de interceptar las comunicaciones y abordar el pesquero fue “un modelo de buen hacer por su fundamentación” y que “algún indicio racional de criminalidad contra determinada persona es suficiente para declararla procesada”, añade. Sobre Rial, el fallo menciona la explicación que el presunto jefe dio al tribunal sobre las acusaciones de Fernández Tubío. “Una noche le paró para preguntarle si era Óscar el pastelero y le dijo que era narcotraficante y que tenía mucho dinero, así que o le pagaba o le iba a ocasionar problemas”. “Hechos que denunció al día siguiente”, apunta la sentencia.

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