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La Audiencia de Lugo deja en libertad al imputado que amenazó a la juez de Lara

La Audiencia ha estimado el recurso al creer que los hechos carecen "de gravedad suficiente"

La Audiencia Provincial de Lugo ha estimado un recurso de apelación formulado por la defensa del empresario Miguel García, el imputado en la Operación Pokémon que fue encarcelado el 30 de agosto por amenazar supuestamente a la juez instructora, al creer que los hechos carecen 'de gravedad suficiente' para dar lugar a esa medida cautelar.

En un auto de 18 de septiembre, el ponente de esta resolución reconoce que los hechos por los que fue detenido el empresario son "constitutivos de infracción penal", pero carecen de la "entidad o gravedad suficiente" para dar lugar a la situación de prisión. De hecho, aclara que el detenido, en lo que se refiere a la juez Pilar de Lara, sólo expresó "reproches" por su actuación jurisdiccional y fue con terceros ajenos, en este caso con los abogados que acompañaban a la magistrada, con los que hubo enfrentamiento físico.

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Por otra parte, entiende que "resulta patente que el imputado no está en condiciones de variar o alterar el curso de la investigación" en curso y tampoco "existe dato alguno" sobre "la posible pretensión" por su parte de eludir la acción de la justicia. De hecho, recuerda que "en uno de los momentos del conflicto", cuando intentó evitar que "su madre siguiera con su acción virulenta", hizo alusión "a que la situación se debía resolver en los tribunales", lo que lleva "a la conclusión de que en el ánimo del imputado no está el eludir a los tribunales sino, al contrario, solucionar la controversia en tal vía judicial".

Además, la Audiencia Provincial afirma que "lo que parecía ser una acción con pretensiones violentas por parte del imputado", cuando pidió un cuchillo en el local en el que se encontró con la jueza, 2no eran tales", pues lo reclamó supuestamente para "poner fin a su vida". Por último, la sala considera que la posibilidad de que se produzcan hechos similares en el futuro "se puede ver conjurada con el establecimiento de una medida de alejamiento", similar a la que se le impuso en su día a la madre del empresario, que también fue imputada a raíz de estos acontecimientos. Por ello, entiende que "no está justificada ni procesal ni constitucionalmente" la "más grave de las medidas cautelares", en este caso la prisión provisional. De todas formas, le impone al imputado la obligación de comparecer cada quince días en el juzgado y le prohíbe "mantener contacto de ningún tipo, ni directo ni indirecto, ni verbal, ni virtual, ni en forma alguna" con la jueza instructora.

 

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