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Dos participantes en el escrache a Pons serán juzgadas por una falta

El juzgado rechaza que cometieran un delito de coacciones en la protesta ante la vivienda

Dos participantes en el escrache ante la vivienda en Valencia del vicesecretario de Estudios y Programas del PP, Esteban González Pons, serán juzgadas por una supuesta falta de coacciones. Así lo ha decidido la juez que ha instruido la denuncia del dirigente popular, que acusó a miembros y simpatizantes de la plataforma de afectados por las hipotecas (PAH) de aporrear la puerta de su casa y asustar a sus hijos, que se encontraban en la vivienda, durante la protesta realizada el pasado marzo. La PAH rechazó las acusaciones de González Pons y le demandó por injurias.

El auto del Juzgado de Instrucción número 21 de Valencia considera que la concentración fue pacífica y "no se alteró el orden público", por lo que se centra en la actuación de dos participantes que subieron al rellano de la vivienda de González Pons, según la PAH, para hacer entrega de una carta en la que se pedía su apoyo a la Iniciativa Legislativa Popular para modificar la ley hipotecaria. La juez concluye que no cometieron ningún delito, pero sí una presunta falta de coacciones.

Según recuerda el auto, entre 25 y 30 personas se concentraron el pasado 20 de marzo ante el domicilio familiar de González Pons, "discurriendo de forma pacífica dicha concentración", con la pegada de carteles pequeños en la fachada y "algún grito con el lema 'sí se puede". Ana María B. G y  Yolanda P. D. accedieron al rellano del piso de González Pons y durante algo más de 10 minutos "estuvieron llamando al timbre y golpeando la puerta con la mano".

La juez estima que este comportamiento fue "más allá del simple ejercicio del derecho a la libertad de expresión, no resultando legítimo el mismo, en cuanto que supone una vulneración del derecho de la familia del señor González Pons" a gozar en su domicilio de "tranquilidad y seguridad". Según el auto, la actuación de las denunciadas produjo "una situación de angustia en los moradores de la vivienda".

No obstante, la magistrada considera que no quedan "debidamente justificados los elementos de gravedad que cabría exigir" para considerar que los hechos fueron constitutivos de un delito de coacción, ya que las denunciadas llamaron varias veces al timbre y golpearon la puerta, pero no hubo amenazas ni insultos, "hasta el punto de que los vecinos del inmueble no advirtieron la presencia" de las dos mujeres.

Por todo ello, el auto acuerda la celebración de un juicio de faltas contra las participantes en el escrache.

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