El Supremo ratifica la absolución de un caso de abusos al entender que las pruebas eran vídeos robados
El Tribunal considera que se vulneró el derecho a la intimidad, por más que los documentos visuales no dieran pie a duda alguna
El Tribunal Supremo ha ratificado la absolución dictada por la Audiencia de Barcelona a un acusado de abusar sexualmente de su cuñada, cuando esta dormía, al entender que no se pueden tener en cuenta como prueba los DVD en los que hombre grabó sus actos porque los obtuvieron de su coche sin su permiso.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, la sala de lo penal del Tribunal Supremo acuerda, con un voto particular en contra, desestimar el recurso presentado por la víctima y por la fiscalía para que se revisara la absolución aceptando la valoración de la prueba de cargo. En el fallo inicial, la sección segunda de la Audiencia de Barcelona absolvió al acusado, Salvador B.B., al considerar que su esposa -la hermana de la víctima- vulneró su derecho a la intimidad al obtener sin su permiso los DVD en los que guardaba las copias de los vídeos que había grabado abusando de su cuñada.
La esposa del acusado, que estaba en trámites de separación, fue quien descubrió los DVD en el vehículo del procesado -que llegó a estar en prisión provisional por este caso-, cuando lo registró con la intención de encontrar pruebas que probaran sus infidelidades. La mujer empezó entonces a visionar los DVD junto a su hermana, quien en ese momento pudo comprobar por las grabaciones que el acusado abusaba sexualmente de ella mientras dormía profundamente, aprovechando los días de vacaciones que toda la familia pasaba en los domicilios familiares de Castelldefels (Barcelona) y de un pueblo de Albacete.
En la sentencia, el Supremo, al igual que hizo en su día la Audiencia de Barcelona, admite que ninguna de las partes ha cuestionado la veracidad de los actos sexuales documentados en los vídeos, aunque no los acepta como prueba al entender que se invadió la intimidad del acusado al obtenerlos sin su permiso. En el fallo, la sala del Supremo señala que la vida en pareja implica la renuncia a algún segmento de la intimidad, pero no pone fin a la existencia del "ámbito personalísimo" de cada uno de los integrantes.
Además, en el caso ahora enjuiciado, la pareja estaba ya en trámites de separación, por lo que el Supremo abunda en que el comportamiento de la mujer a la hora de coger los DVD del vehículo "no solo no es justificable jurídicamente, sino que (de cara al proceso) tiene las connotaciones indiscutiblemente negativas que le atribuye la Audiencia". Por este motivo, el Supremo entiende que las dos hermanas "vieron de manera constitucionalmente ilegítima, dada la forma de acceso", los vídeos con los abusos, por lo que justifica la decisión de la Audiencia de absolver al acusado, porque todas las pruebas posteriores quedaron "contaminadas" por esta obtención ilegítima del DVD.
Por contra, uno de los cinco magistrados de la sala ha emitido un voto particular en el que remarca que el Supremo tendría que haber devuelto la causa a la Audiencia para que valorara de nuevo el caso, ya que, pese a que admite que se quebrantó el derecho a la intimidad del acusado, considera que la teoría de la prueba ilícita "no significa negar que hechos reales no sean tales". En su voto particular, el magistrado Antonio del Moral remarca que se trata de un caso "muy singular y difícilmente repetible", apela al "sentido común" y subraya que el descubrimiento de la prueba fue "casual", sin el "más mínimo afán de obtener medios probatorios". "Es una prueba a la que se ha accedido sin pretenderlo, es un hallazgo casual", remarca en su voto particular el magistrado, que cree que, más allá de que se pueda discutir si se acepta o no como prueba válidas el DVD, "no hay por qué despreciar" las demás pruebas aportadas, como la declaración del acusado y de la víctima.
Los familiares de la víctima han anunciado que estudian llevar el caso ante el Tribunal Constitucional.
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