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El arzobispado de Valencia deberá devolver una herencia

El Supremo confirma que la institución deberá reembolsar el dinero Incumplió el deseo del donante de construir una iglesia

José Pascual Romero Ferrandis quería que sus bienes se destinaran a la construcción de una iglesia consagrada a San Jerónimo Hermosilla. Era su última voluntad, pero no se ha cumplido. El arzobispado de Valencia, al que declaró heredero único y universal de sus posesiones, obvió el compromiso de levantar una nueva parroquia y vendió el terreno que recibió para ese propósito. Ahora, la institución eclesial deberá devolver la donación —el dinero ingresado con la venta y otros 465.402 euros recibidos antes y después de la muerte del donante.

Así lo ha decidido la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo al confirmar una sentencia que dio la razón a un grupo de familiares del fallecido que pidió la revocación de la donación del solar y el testamento con el argumento de que no se había respetado la voluntad del difunto.

Romero Ferrandis, que no tenía herederos forzosos, otorgó testamento abierto en favor del arzobispado de Valencia en septiembre de 1993 y estableció que sus bienes se dedicarían a la nueva iglesia. Ese mismo mes ambas partes suscribieron en un documento privado la donación del terreno para el templo y de dinero adelantado “con idéntico destino”. Finalmente, Romero Ferrandis otorgó escritura pública de la donación, que fue calificada de “pura y simple” y estipulaba la petición de excepciones fiscales porque el suelo se destinaría a levantar un templo. Romero Ferrandis falleció en febrero de 1996 y el arzobispado vendió la parcela a una constructora.

En su recurso ante el Supremo para no perder la herencia, el arzobispado argumentó que en la escritura de donación no se especificó el destino del solar y que “todavía se está a tiempo de construir” la parroquia “en una ubicación distinta”.

El Supremo rechaza las alegaciones del arzobispado y destaca que en este caso desempeña un papel central la disposición testamentaria del donante, que “da sentido” al contrato privado de donación y a la escritura pública para ejecutar “la voluntad querida y ordenada” de Romero Ferrandis, que no era otra que la construcción de una iglesia. Una voluntad “quebrada por el arzobispado, pues la venta de la parcela supuso un incumplimiento esencial y definitivo” del objeto de la donación, que se hizo para que el templo “fuese levantado en un lugar concreto y no en otro distinto”.

Un juzgado de Primera Instancia estimó en 2010 la demanda de los familiares del fallecido para anular la donación y abrir el proceso de declarar nuevos herederos. Aquel fallo fijó el reembolso del dinero de la venta del solar y de otras cantidades recibidas por el arzobispado. La Audiencia de Valencia solo modificó ligeramente a la baja el dinero a devolver, pero mantuvo la esencia de la decisión que ahora confirma el Supremo. El arzobispado se quedará sin la herencia por incumplir los deseos de su benefactor.

El arzobispado de Valencia, en una nota emitida a última hora del viernes, asegura que "respeta y acata" la sentencia del Tribunal Supremo e insiste en que la finca donada se vendió para hacer la iglesia, pero en un lugar de Gandia diferente al previsto por el donante.

El motivo es porque ese emplazamiento se encuentra "a menos de 200 metros de distancia de cuatro iglesias", tres de ellas parroquiales, como son la parroquia San Cristóbal Mártir del barrio gandiense de Beneixpixcar, la parroquia San Lorenzo del término de Benirredrá, la parroquia San Francisco de Borja, de Gandía, así como la iglesia de la Casa de Ejercicios del Sagrado Corazón, ambas también en Gandia.

De igual modo, el arzobispado de Valencia indica que las cantidades obtenidas por la venta de la finca y por el donante "se preservan de forma íntegra con el fin de construir la iglesia dedicada a San Jerónimo Hermosilla, como era su voluntad, pero que serán devueltas" si lo exigen los tribunales.

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