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La acusación popular, contra la caducidad del ‘caso Alcàsser’

La Asociación Clara Campoamor se opone a la prescripción de los delitos atribuidos a Anglés

La acusación popular en el conocido como caso Alcàsser, en representación de la Asociación Clara Campoamor, ha remitido un escrito al juzgado por el que se opone a la prescripción de los delitos atribuidos a Antonio Anglés, considerado autor material del secuestro, violación y asesinato de Miriam García, Toñi Gómez y Desirée Hernández, el 13 de noviembre de 1992.

Por este caso tan solo ha habido un detenido, Miguel Ricart, quien fue condenado a 170 años de prisión, mientras que Anglés pudo huir del cerco policial y los investigadores creen que pudo fallecer al tirarse por la borda del buque que cogió en su huida, y en el que fue descubierto. El juzgado de Instrucción número 6 de Alzira, pide ahora a las partes del procedimiento que se pronuncien porque ya habrían cumplido 20 años desde que ocurrieron los hechos.

La acusación popular defiende que desde el 27 de enero de 1993 hasta el 14 de diciembre de 2009, momento en que se decidió finalizar la intervención de los teléfonos y la cuenta de correo electrónico, no ha cesado la actividad instructora para concretar la participación de ambos procesados y a averiguar el paradero de Antonio Anglés. Por esa razón comprende que, desde esta fecha hasta el día de hoy, han transcurrido poco más de tres años y no los 20 años que el Código Penal establece para la prescripción de los delitos.

Además, la asociación pide que los delitos no prescriban porque una de las investigaciones, abierta en noviembre de 1997, “permanece viva” y se refiere al acusado Anglés.

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