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Condenada a seis meses de cárcel la enfermera del bebé Ryan

La sentencia considera probado que la sanitaria protagonizó un "inexcusable descuido" El niño falleció porque la condenada, sin experiencia en neonatos, le alimentó por la vía equivocada

Entierro del bebé Ryan, en Marruecos en 2009.
Entierro del bebé Ryan, en Marruecos en 2009.CRISTÓBAL MANUEL

La enfermera que cometió el error que provocó el fallecimiento el 13 de julio de 2009 de Ryan, el bebé prematuro cuya madre, Dalilah Mimuni, fue la primera víctima mortal en España de la gripe A, ha sido condenada a seis meses de prisión, según la sentencia a la que ha tenido acceso Efe.

Tras el juicio celebrado el pasado 29 de febrero en el Juzgado de lo Penal número 30 de Madrid, la sentencia considera que la enfermera es autora de un delito de homicidio por imprudencia grave y le ha impuesto además una pena de inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión durante un año y seis meses.

Ryan falleció en la unidad de Neonatología del Hospital Gregorio Mrañón de Madrid horas después de que la enfermera suministrara "nutrición enteral" por vía periférica cuando la alimentación que debía haberle dado era leche por sonda nasogástrica. El tribunal ha considerado "evidente" que la acusada "omitió toda diligencia y las más elementales normas de cautela y precaución para evitar un mortal resultado".

La pena ha sido inferior a la solicitada por la Fiscalía, que en el juicio la elevó a dos años de prisión y a cinco años de inhabilitación para ejercer la profesión de enfermera, mientras que la defensa pidió la libre absolución. Un año después del fallecimiento del bebé, el caso aún se encontraba en fase de instrucción en el Juzgado número 53 de la capital. Ya entonces la única imputada era la enfermera que lo atendió en el hospital Gregorio Marañón y que presuntamente cometió el error que provocó el fallecimiento al confundir la vía de alimentación.

La sentencia considera probado que sobre las 15:15 horas del 12 de julio de 2009 la enfermera, siguiendo instrucciones de la supervisora de Enfermería, se presentó en la UCI del servicio de Neonatología para familiarizarse con ella y realizar "una labor de aprendizaje, sin atribución de funciones concretas". Era su primer día en el servicio.

Hasta las 21.00 horas, sigue el relato, la jornada transcurrió sin incidencias pero en ese momento se interrumpió la actividad ordinaria porque al menos una enfermera y una auxiliar tuvieron que atender a otro bebé de la misma sala.

La procesada, "viendo que sus compañeras estaban ocupadas, decidió prestarles ayuda (...), cogió una jeringuilla con un fluido blanquecino destinada a Ryan y la conectó a través de la bomba de infusión a una vía periférica, dando por sentado que la solución contenía lípidos".

La enfermera se ofreció voluntaria. Según el fallo, llevó a cabo su acción "sin hacer otras comprobaciones o preguntar al resto del personal presente en la sala, pese a que el tubo en cuestión no tenía ninguna pegatina" y a que ya se habían proporcionado dichos lípidos esa tarde.

"La leche entró en el torrente sanguíneo de Ryan, que sufrió una trombosis masiva que desembocó en un fallo multisistémico y determinó su fallecimiento a las 11.30 horas del día siguiente", asegura la sentencia. El padre del bebé y viudo de Dalilah renunció en su día a toda indemnización "por haber sido resarcido a su satisfacción", según recuerda la sentencia.

La juez destaca que el fatal error se hubiera evitado con "una simple comprobación", bien directamente por la propia acusada examinando la jeringa, o recabando información de sus compañeras. "Esa falta de cuidado y previsión" es la causa "del luctuoso y fatal resultado, producto de la notoria negligencia e inexcusable descuido", según la juez.

Respecto al razonamiento de la defensa de la enfermera, que alegaba que fue el Gregorio Marañón el que "omitió las cautelas más elementales" y que incluso tras el suceso hizo que los dispositivos se identificaran por colores, la sentencia explica que si en esa fecha los colores de las vías eran iguales, "evidentemente habría que acudir a otros mecanismos para cerciorarse de que se había hecho lo correcto". Las mejoras técnicas y materiales "facilitan la labor al personal" sanitario, pero "no transforman la naturaleza de la imprudencia previa", dice la sentencia.

Unas polémicas declaraciones del gerente del Marañón, Antonio Barba -compareció públicamente poco después del fallecimiento del bebé para atribuirlo al "terrorífico error" de una enfermera-, encendieron al personal de enfermería del hospital y al resto de la profesión. Mil empleados firmaron un manifiesto en apoyo de la sanitaria que cometió el error, en el que criticaban los "terroríficos errores" de organización que permitieron que una enfermera inexperta alimentara a un bebé prematuro.

Durante el juicio, la acusada reconoció su error y que confundió el compuesto láctico con los lípidos, aunque se justificó diciendo que el resto del personal estaba ocupado, adujo desconocimiento de la UCI y del paciente y se amparó en su inexperiencia. La muerte de Ryan ocasionó en el verano de 2009 un gran impacto mediático ya que se produjo trece días después de la de su madre, primera víctima de la gripe A en España, y a quien se le realizó una cesárea tras la que nació el bebé, que no estaba contagiado por el virus.

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