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Estrasburgo admite una demanda por el derecho a la huelga en la Ertzaintza

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos da tres meses a España para alegar

Rodolfo Ares.
Rodolfo Ares.L. RICO

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, ha entreabierto la puerta al reconocimiento del derecho de huelga en la Ertzaintza. La autoridad judicial, como última instancia, ha admitido a trámite la demanda presentada por el sindicato mayoritario de la policía vasca, Erne, y ha decidido dar de plazo al Gobierno español hasta el 20 de septiembre para presentar sus observaciones. La mera aceptación del proceso supone ya de por sí un triunfo para sus promotores. “Normalmente, solo se admiten un 5% de los casos que se presentan”, aseguran desde la central independiente.

Hasta ahora, la demanda se había saldado con reiterados rechazos por parte de los distintos tribunales españoles. Los hechos se remontan a 2004, cuando la central mayoritaria, en plena negociación laboral de un nuevo convenio con la consejería de Interior, que dirige Rodolfo Ares, planteó dos jornadas de huelga como protesta que el departamento vasco de Interior rechazó de inicio por carecer los agentes de ese derecho. Se escudaba la consejería en la Ley Orgánica de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, por la que se regula la Ertzaintza. Erne recurrió la prohibición. Primero ante un juzgado de lo contencioso de Bilbao, después ante el Tribunal Superior vasco y finalmente ante el Constitucional. Siempre sin éxito. Como último trámite, en 2009 decidió llevar el caso hasta Estrasburgo, que dos años después ha admitido a trámite la demanda.

El fallo podría tener repercusión en el resto de los cuerpos policiales españoles

Sostiene la central en sus alegaciones la inconstitucionalidad de la citada Ley Orgánica, que contraviene, en su opinión, dos artículos de la Carta Magna: el 14 y el 28. El primero de ellos recalca que “los españoles son iguales ante la ley” y el segundo reconoce “el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses”, si bien advierte de que la Ley podrá “limitar este derecho” a las fuerzas de seguridad. Erne considera, además, que existe una clara discriminación de los policías “respecto a otros colectivos que ejercen funciones similares y a los que la legislación les permite ejercer el derecho de huelga, como pueden ser los jueces o los médicos”.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos se pregunta ahora “si ha habido vulneración de los derechos del demandante”, ante lo que insta a un “arreglo amistoso” del conflicto o, en su defecto, a conocer la posición del Gobierno de España antes de resolver. En Erne consideran que la simple admisión de la demanda supone, de facto, casi una sentencia favorable, aunque desconocen si lo será en su totalidad o solo de modo parcial. En cualquiera de los casos, no se conocerá hasta el año que viene.

De aceptarse los postulados de la central, el fallo podría afectar al conjunto de las fuerzas de seguridad españolas, con la única excepción de la Guardia Civil, por su carácter militar, e incluso abriría la puerta al reconocimiento de la huelga en policías de otros países. A día de hoy, Noruega, Suecia o Finlandia tienen reconocido ese derecho a sus agentes. Erne dará a conocer la admisión de su demanda durante el congreso de la Unión de Sindicatos Europeos que en octubre se celebrará en Berlín.

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