Multa de 1.365 euros a un conductor que huyó tras herir a un peatón
La Audiencia de Pontevedra hizo pública la sentencia después de que el acusado alcanzase un acuerdo de conformidad y reconociera los hechos
Con todos los informes periciales en contra y una acusación de omisión del deber de socorro y delito de lesiones imprudentes, M.R.R., un vecino de Moaña de 30 años, ha sido condenado a una multa de 1.365 euros sustitutoria de la pena de prisión impuesta por darse a la fuga después de arrollar en un paso de cebra a un peatón al que dejó sangrando y abandonado en la calzada.
La Audiencia de Pontevedra hizo pública la sentencia después de que el acusado alcanzase un acuerdo de conformidad y reconociera los hechos, al no exceder la pena solicitada los seis años de prisión. Un reconocimiento de los delitos que incluso le ha permitido aceptar una multa de 18 meses con una cuota diaria de tres euros en sustitución de la pena de prisión ya exigua de nueve meses de cárcel a la que se ciñó el acuerdo de conformidad.
El acusado reconoció que en la madrugada del 13 de diciembre de 2009 conducía un Mercedes CLK por la avenida Donato Bernárdez de Moaña y “a pesar de la buena visibilidad, el escaso tráfico y las buenas condiciones atmosféricas, arrolló al peatón que cruzaba el paso de cebra en aquel momento”, relata la sentencia. La víctima, J.A.D.B., sufrió fractura abierta de tibia y peroné así como herida inciso-contusa en el codo izquierdo. Las lesiones requirieron del enclavado y fijación mediante tornillo de las fisuras, que tardaron 198 días en curar, con las consiguientes secuelas físicas.
Indemnización
“La víctima fue desplazada a una distancia de unos 10 metros en medio de la calzada por lo que quedó postrada en el suelo, incapaz de moverse, sangrando y aturdida por el impacto, mientras que el acusado, con conocimiento del accidente que había provocado y de la situación de abandono y desvalimiento en que la dejaba, huyó del lugar inmediatamente sin detenerse y sin prestar la asistencia debida”, señala el fallo.
El tribunal le impuso inicialmente una condena al conductor a seis meses de prisión por el delito de omisión del deber de socorro y tres meses por el de lesiones durante los cuales no podrá conducir vehículos ni ciclomotores, así con la inhabilitación al derecho a sufragio durante el tiempo de ambas condenas y las costas procesales. El acusado, solidariamente con la compañía Mapfre, tendrá que indemnizar con 25.000 euros a la víctima.
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