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La fiscalía ve "imposible" admitir a Resurrección Galera

La defensa de la docente calcula que la indemnización, que apoya el ministerio público, asciende a 157.287,10 euros

Resurrección Galera.
Resurrección Galera.SANTI BURGOS

La fiscalía ve "imposible" readmitir a la profesora de religión católica despedida en 2001 por el Obispado de Almería tras tener conocimiento de su enlace matrimonial por lo civil con un hombre divorciado. El ministerio público trasladó este miércoles esta y otras conclusiones en un informe al magistrado del Juzgado de lo Social número 3 de Almería durante la segunda sesión celebrada para resolver cómo se ejecuta el fallo de mayo de 2011 del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que ordena la readmisión de la docente, Resurrección Galera, así como al pago de los salarios atrasados desde el curso en el que fue despedida.

La fiscal –que no se personó en la primera vista fechada el pasado mes, por lo que hubo que posponerla hasta este miércoles- argumenta que readmitir a Resurrección Galera en las mismas condiciones que en 2001 en el colegio público Ferrer Guardia de Los Llanos de La Cañada –un barrio de la capital- no sería posible dado que su plaza ya está ocupada por otra persona. Entiende, por tanto, que existe una "imposibilidad material". Pero, además, añade la existencia de una "imposibilidad legal" y se acoge al Real Decreto 696/2007 de 1 de junio de regulación de la relación laboral de los profesores de religión católica, que modifica el contrato por el que se regía el que se firmó con Galera. En esta línea, ha solicitado al magistrado Juan Carlos Aparicio que en su auto declare "extinguida" la relación laboral con la docente despedida.

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Sin embargo, el ministerio público sí apoya la indemnización económica que le debe abonar según el TSJA a Resurrección Galera. Su defensa establece dicha cantidad en 157.287,10 euros, los correspondientes al cobro de los salarios desde el curso 2001-02 hasta la actualidad.

El resto de partes –defensa, Obispado, ministerio de Educación y Junta- se han ratificado en su postura. En la primera sesión, el Obispado de Almería comunicó a las partes la interposición de un recurso de amparo al Tribunal Constitucional (TC) contra la sentencia que declaró la nulidad del despido y solicitó que se aplazase la ejecución, un extremo que fue denegado por el magistrado Juan Carlos Aparicio. Dicho recurso prolongará, aún más el proceso judicial que inició la familia hace diez años.

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