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El Tribunal de Xustiza rechaza suspender los servicios mínimos

Los sindicatos UGT y CC.OO. solicitaban la suspensión cautelar porque los consideraban abusivos

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha rechazado el recurso de los sindicatos UGT y CC.OO. que solicitaba la suspensión cautelar del decreto de servicios mínimos de la Xunta para la huelga de este jueves, por lo que se mantendrá lo establecido por la Administración autonómica.

Los sindicatos, según ha apuntado en declaraciones a los medios tras la celebración de la vista el coordinador de Área Pública de CC.OO., Ramiro Otero, cumplirán con los servicios mínimos decretados por la Xunta de Galicia, sin embargo presentarán "una denuncia por prevarización".UGT y CC.OO. alegaban que los servicios mínimos establecidos para la CRTVG, las instalaciones deportivas, los juzgados y el transporte escolar y de trabajadores eran "excesivos". Por su parte, la Administración autonómica ha justificado la necesidad mantener estos servicios.

En concreto, sobre los servicios informativos, la defensa ha señalado que es un "día de especial relevancia informativa", por lo que lleva a mantener el número de trabajadores para los informativos que se emiten por la mañana. En cuanto a la Justicia, ha destacado que se trata de un día hábil a efectos procesales.Los sindicatos solicitaban que se estableciese "entorno al 20 por ciento de los servicios mínimos", siguiendo con lo reflejado en el supuesto similar a éste que pronunció la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en un auto de junio de 2002, que concedió la medida de suspensión cautelar.

Según ha explicado el sindicalista a los periodistas, en esta ocasión se trataba de la primera vez que se admitía a tramite un recurso de suspensión cautelar, al tiempo que ha criticado que en el resto de ocasiones en las que se celebraron huelgas generales "después el TSXG daba la razón" a los sindicatos.

Asimismo, Otero ha censurado que la Administración autonómica plantea unos servicios "abusivos" para la jornada de huelga. "Es una huelga general, no sectorial, y por tanto no hay que tener la obligación de ir a trabajar", ha apuntado. "No hay motivo esencial ante una huelga general de 24 horas para determinar los servicios mínimos abusivos", ha añadido el representante de CC.OO., quien ha insistido en que "tiene que prevalecer" el derecho a la huelga, "independientemente de aquel que voluntariamente quiera ir a trabajar pueda hacerlo".

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