Un jurado declara culpable de asesinato alevoso al hombre que mató a su suegro
El fiscal rebaja a 17 años y seis meses su petición inicial de 19 años de cárcel
Un jurado popular de la Audiencia de Lleida consideró ayer por la noche, por unanimidad, culpable de un delito de asesinato alevoso a Josep Blanch, acusado de matar a su suegro, de 83 años, en una finca de olivos de Massalcoreig (Segrià) en diciembre de 2010.
El jurado ha declarado probados la mayoría de los hechos objeto del veredicto y considera que Blanch, de 53 años, mató a Esteve Moret en condiciones que le impedían defenderse. Los nueve miembros del jurado han basado el fallo en la propia declaración del acusado, que en todo momento ha reconocido ser el autor de los hechos, en la prueba de la reconstrucción del crimen y en las declaraciones de los forenses y los Mossos d’Esquadra.
El jurado ha llegado a la conclusión de que Blanch mató a su suegro con una barra de hierro cuando se encontraba sentado en una silla dentro del almacén que había en la finca, mientras se entretenía desgranando las aceitunas de unas ramas de olivo. El ataque se produjo por sorpresa, ya que la víctima no tenía señales ni heridas en las extremidades superiores que fueran compatibles con una situación de defensa. El anciano recibió varios golpes en la cabeza y en la cara que le ocasionaron la muerte en el acto.
El jurado ha apreciado la agravante de parentesco ya que vivía desde hacía 13 años con su mujer en la casa de la víctima, en la vecina localidad oscense de Torrente de Cinca. También considera probado que el acusado tenía una muy baja estima y se sentía constantemente menospreciado y humillado por su suegro.
Esta situación pudo provocar, en opinión del jurado, una acumulación de resentimientos y frustraciones que pudieron derivar en un descontrol de los impulsos y en la muerte de Moret, por lo que pide que se le aplique la atenuante de arrebato u obcecación.
La fiscal solicitaba para el acusado una pena de 19 años de prisión por un delito de asesinato con alevosía y la circunstancia agravante de parentesco, pero tras la lectura del veredicto la ha rebajado a 17 años y 6 meses al haberse apreciado por el jurado la atenuante de arrebato. En cambio, la defensa ha pedido una pena de 12 años y 6 meses. El acusado continuará en situación de prisión provisional por esta causa.
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