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El fenómeno de El Niño en Colombia: así se aplicará el cobro por consumo excesivo de agua

La medida es temporal y busca incentivar el consumo racional del agua durante los meses de sequía

Niños indígenas juegan en la fuente de agua sucia, en el Parque Nacional de Bogotá, Colombia, en abril de 2022.
Niños indígenas juegan en la fuente de agua sucia, en el Parque Nacional de Bogotá, Colombia, en abril de 2022.Iván Valencia
Sara González

La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) anunció una nueva medida para contrarrestar la escasez del agua provocada por el fenómeno de El Niño y la temporada de sequía en Colombia. A través de la Resolución 39 de 2024 se ha establecido que se aplicará un cobro adicional por exceso en el consumo de agua en los hogares. De acuerdo con Ruth Quevedo, directora ejecutiva de la CRA, no se trata de un decreto punitivo, sino que “es una invitación a la ciudadanía para que hagan un esfuerzo consciente de observar su factura y ver cómo está su consumo”.

Este proyecto ya entró en vigor y promete ser temporal. Las autoridades y prestadores de servicio pondrán especial atención a los meses de febrero, marzo y abril, cuando llueve poco y los efectos de El Niño seguirán siendo de intensidad fuerte, según las predicciones del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM).

Las multas recolectadas serán destinadas al Fondo Nacional Ambiental, para que el Ministerio del Medio Ambiente determine cómo se aprovecharán los recursos. “Al Gobierno nacional no le interesa cobrar, estos son los instrumentos que tenemos desde el Estado para hacer una invitación para racionalizar el consumo, llevarlo a lo justo y evitar el derroche del agua”, aseguró Quevedo. Algunas recomendaciones de las autoridades para cuidar el agua en casa son lavar el carro con balde en lugar de manguera, cerrar la llave durante el cepillado de dientes y, si se presentan lluvias, juntar el agua para reutilizarla en la limpieza del hogar y riego de plantas.

Tarifas por región

La CRA contempla tres niveles para determinar los casos de consumo excesivo de agua. Las regiones con altitud promedio por encima de los 2.000 metros sobre el nivel del mar tienen un límite de consumo de agua de hasta 22 metros cúbicos por mes. Bogotá pertenece a esta categoría. Las regiones que se sitúan entre los 1.000 y 2.000 metros de altitud tienen un tope de consumo de 26 metros cúbicos, mientras que las regiones más calurosas, cuya altitud está por debajo de los 1.000 metros pueden utilizar hasta 32 metros cúbicos. Cartagena y Barranquilla son algunas ciudades que forman parte de esta categoría.

Las empresas prestadoras del servicio en cada municipio serán las responsables de realizar los cobros adicionales. Actualmente, el pago total de la factura del agua se calcula tomando en cuenta los siguientes componentes: el cargo fijo establecido por el gobierno, el cobro por consumo máximo y, con la nueva resolución, el cobro por consumo excesivo. El mandato también establece que la multa debe considerar el estrato asignado a los hogares.

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Sobre la firma

Sara González
Es editora SEO y periodista de EL PAÍS América. Antes trabajó en Grupo Reforma y Televisa. Es originaria de Monterrey, Nuevo León, y vive en Ciudad de México desde 2019.
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