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La propuesta del Gobierno, una reforma que obligaría a cambiar la Constitución

Dos artículos de la Ley Fundamental fijan el fuero de políticos

La propuesta que defiende el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, dentro de un pacto de regeneración democrática incluye, entre otras iniciativas, reducir los 17.621 aforados actuales —sin contar con la protección judicial parcial de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estadio— a sólo 22. Pero hacer realidad esa propuesta no depende en exclusiva del Gobierno, sino que necesitaría de un acuerdo político con la oposición para aquellos aforamientos que están regulados en la Constitución o en los Estatutos de Autonomía, cuya reforma requiere de mayorías cualificadas que el PP no puede lograr en solitario.

La propuesta de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que Justicia quiere trasladar al Congreso de los Diputados elimina de un plumazo la protección jurídica especial de los 15.263 jueces y fiscales que hay en España —incluyendo los jueces de paz. La reforma de una ley orgánica tan sólo requiere para su aprobación de la mayoría absoluta de las Cámaras, la misma que ahora tiene el Partido Popular, que podría sacar en solitario esta iniciativa.

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En cambio, eliminar los aforamientos de los políticos electos y cargos públicos de las distintas Administraciones requiere, por un lado, de la reforma de la Constitución (ministros, diputados y senadores), y por otro, de la modificación de los Estatutos de Autonomía (consejeros, parlamentarios autonómicos, defensores del Pueblo…).

El punto 1 del artículo 102 de la Ley Fundamental establece el aforamiento a favor del presidente y de los demás miembros del Gobierno, que sólo podrán ser investigados y juzgados por el Tribunal Supremo. De su lado, el artículo 71.3 de la Constitución establece una protección similar para diputados y senadores. Dichos artículos están incluidos en los títulos tercero y cuarto de la Ley Fundamental, cuya modificación se puede realizar mediante el procedimiento ordinario de reforma regulado en su artículo 167 y que tan solo requiere los votos de los tres quintos de la Cámara baja (210 diputados). El PP necesitaría el apoyo de otros grupos parlamentarios para alcanzar esa cifra. La aprobación de la reforma no obliga a disolver las Cortes y sólo debería ser sometida a referéndum si lo solicita el 10% de alguna de las Cámaras.

La reforma planteada por Gallardón tan sólo establecería una protección jurídica especial para el presidente del Gobierno, los presidentes autonómicos, del Congreso, del Senado, del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, además de mantener la reforma aprobada recientemente para otorgar aforamiento al rey Juan Carlos y su esposa, doña Sofía; la reina Letizia, la princesa de Asturias, Leonor, y su futuro cónyuge. Felipe VI no está sujeto a responsabilidad jurídica, según establece la Constitución (artículos 56.3 y 64).

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El país de Europa con más protegidos

España es el país de Europa que cuenta con un mayor número aforados con una abultadísima diferencia sobre los restantes. Tanto en Alemania como en Reino Unido no hay aforados, mientras que en Italia y en Portugal sólo goza de tal protección el presidente de la República. En Francia están aforados tanto el jefe del Estado como el primer ministro y los miembros del Gobierno. En EE UU no existe esta figura.

En España, además de 15.263 miembros del Poder Judicial —los 5.171 jueces, 2.407 fiscales y 7.685 jueces de paz ejercientes—, existen un total de 2.358 políticos (diputados nacionales y autonómicos, senadores, ministros, presidentes y consejeros de las autonomías, etcétera) que cuentan con una protección jurídica especial.

El aforamiento conlleva una singularidad procesal penal, ya que quien lo posee no ha de pasar por un tribunal ordinario, lo que, en la mayoría de los casos, imposibilita para recurrir a una instancia superior. Son diferentes normas, estatales y autonómicas, las que determinan a qué tribunal (Supremo o Superiores de Justicia autonómicos) compete juzgar a políticos y miembros de la carrera judicial y fiscal. El aforamiento tiene distintos grados. Para los políticos se extiende más allá del ejercicio de su cargo, mientras que, en el caso de los jueces, no todos tienen fuero para su vida privada.

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