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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Modificación mínima

El PP trata de contentar a parte de sus electores evitando el aborto de las menores sin permiso

Tras renunciar a una modificación radical de la legislación del aborto vigente, que permite interrumpir el embarazo por decisión libre y autónoma de la mujer dentro de un plazo de tiempo determinado, el Gobierno se propone introducir ahora una modificación en la ley que obliga a las menores de 16 y 17 años a recabar el consentimiento paterno para poder abortar. Se trata de una modificación mínima que no altera el marco general de la ley de plazos aprobada en 2010 y parece destinada, sobre todo, a contentar a los sectores del PP que le exigían que cumpliera el programa electoral.

Editoriales anteriores

Parece dudoso que vaya a contentar a quienes eran partidarios de eliminar el sistema de plazos para volver a un modelo de supuestos más restrictivo incluso que el aprobado en 1985. Pero puede satisfacer a sectores más moderados, que encontraban excesivo que se permitiera a las menores abortar sin comunicarlo a los padres. Esta parte de la ley de 2010 fue ya muy polémica en su momento, pues suscitó dudas incluso entre los más firmes partidarios de la ley de plazos. Muchos padres consideraban que ser excluidos de una decisión tan importante les privaba de la función de tutela y protección que les otorga el Código Civil.

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La regulación era coherente, sin embargo, con lo establecido en la Ley de Autonomía del Paciente, que daba a los menores la capacidad de decidir sobre cuestiones de salud, con algunas excepciones. La modificación que ahora quiere introducir el PP dará a los padres la oportunidad de conocer una circunstancia particularmente grave que afecta a su hija y no planteará problemas siempre que haya acuerdo, salvo, acaso, la incomodidad para la menor de tener que comunicar un embarazo no deseado.

Pero si la menor quiere abortar y los padres no están de acuerdo por razones morales, supondrá la imposición de sus valores en detrimento de los de la menor. En este punto habría que considerar, además, las consecuencias que pueda tener, tanto para la madre como para el hijo, la obligación de continuar con una gestación no deseada.

La introducción de esta modificación, en cualquier caso, ha permitido al Gobierno salir del atolladero en el que se había enredado para contentar a una parte de su electorado. La vuelta a una ley de supuestos, y más restringida aún que la de 1985, era el peor de los caminos.

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