La imputación
La citación del juez a la infanta Cristina, si adquiere firmeza, le permitirá dar explicaciones
La convocatoria judicial a Cristina de Borbón viene a confirmar que el Estado de derecho funciona en España. Proporciona asimismo la ocasión de demostrar que “la justicia es igual para todos”, como proclamó el propio Rey ante las cámaras de televisión en la Navidad de 2011, una vez conocida la implicación de su yerno, Iñaki Urdangarin, en el caso Nóos. El juez había rechazado una petición anterior de imputación de la Infanta por falta de materia para hacerlo, pero testimonios y documentos recibidos recientemente —sobre todo los correos electrónicos administrados con cuentagotas por Diego Torres, socio de Urdangarin— le han hecho cambiar de opinión.
El juez José Castro se aparta así del criterio del fiscal, con el que ha actuado en absoluta sintonía a lo largo de todo el proceso sobre los negocios de Urdangarin, pero que ahora se muestra contrario a la imputación de la Infanta. El juez precisa que ninguno de los indicios disponibles, aisladamente considerados, tienen peso para imputarla, pero que ha de tenerlos en cuenta en su conjunto y no debe cerrar la instrucción sin preguntarle por ellos, lo que le lleva finalmente a tomar la decisión que comunicó ayer.
Las 18 páginas del auto del juez despliegan un argumento sólido sobre la necesidad de la imputación, aunque esa solidez se desvanece un tanto a la hora de acotar los hechos por los que se procede a ello, dejando siempre el regusto de que Castro ha tenido en cuenta la enorme presión de la opinión pública a la hora de tomar una decisión que no transmita la impresión de que la Infanta escapa al destino procesal del resto de protagonistas del caso Urdangarin.
Sin prejuzgar el futuro procesal, resulta pues necesario aclarar si los indicios disponibles encajan en las conductas penales de “cooperación necesaria” o de “complicidad” para la comisión de delitos. Si no hubiera tomado la decisión de llamar a la Infanta, se habría pensado en un enjuague destinado a apartar a la hija del Rey de toda molestia procesal por el hecho de serlo. En todo caso, los miembros de la familia del Rey carecen de fuero y, por tanto, si el auto de convocatoria adquiere firmeza —la fiscalía ha anunciado que va a recurrirlo— la hija del Rey habrá de acudir al juzgado como una ciudadana más.
Está claro que la Infanta no tomó parte en la gestión del Instituto Nóos ni en otras actividades sospechosas. Lo que se investiga es si prestó su consentimiento a la utilización de su nombre, tratamiento y cargo —en definitiva, de su parentesco con el Rey— para que empresas e instituciones públicas pagaran al Instituto Nóos, presidido por su marido, y que para hacerlo prescindieran de “los cauces y controles administrativos que eran de rigor”, beneficiándose de ello. Es decir, si se pretendía un aprovechamiento “utilitarista” de doña Cristina para impresionar a las autoridades y empresas a las que se implicaba en los proyectos amparados bajo el paraguas de Nóos, a fin de que estas creyeran en el respaldo de la Casa del Rey; impresión reforzada por la presencia en la directiva de esa entidad de Carlos García Revenga, el secretario de las Infantas.
Declarar como imputada —es decir, asistida de abogado— no implica el señalamiento de delito concreto alguno. Es el único modo de que la Infanta se explique ante la justicia. Por el contrario, si fuera llamada simplemente como testigo podría haberse acogido al derecho de declarar por escrito o incluso no hacerlo. Es imprescindible que la justicia llegue hasta el final del caso Nóos, no solo por tratarse de un asunto grave de corrupción, sino de un escándalo que está causando un daño considerable al prestigio de la Monarquía.
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