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El capitán que abusó de 28 reclutas no puede ser expulsado por un vacío legal

Dejaría de ser militar si hubiera sido absuelto o condenado por jueces civiles

Miguel González

La justicia castrense ordenó ayer el ingreso en la prisión militar de Alcalá de Henares (Madrid) del capitán Juan Miguel Camarón Aparicio, condenado a 17 años, cuatro meses y un día por abusar sexualmente de 28 mujeres aspirantes a soldado de las que era instructor.

Sin embargo, el capitán abusador sólo cumplirá tres años de cárcel, ya que el artículo 39 del Código Penal Militar dispone que "el tiempo máximo de cumplimiento no podrá exceder del triple de aquel por el que se impusiere la pena más grave". Camarón fue condenado por 28 delitos a penas que oscilan entre un año y tres meses de cárcel, por lo que el triple de la pena más grave son tres años.

Lo peor, además, es que el capitán seguirá en activo en el Ejército cuando cumpla su condena. El artículo 28 del Código Penal Militar señala que los militares que sean condenados a "una pena de prisión que exceda los tres años" tendrán, como pena accesoria, la "pérdida de empleo"; es decir, la expulsión de las Fuerzas Armadas. Le falta, por tanto, un día de cárcel para tener que colgar el uniforme.

Expediente gubernativo

Un portavoz del Ministerio de Defensa anunció ayer que se le abrirá un expediente disciplinario por falta muy grave para aclarar si procede su abandono forzoso del Ejército. El ministro José Antonio Alonso anunció el lunes que actuaría "con el máximo rigor que permite la ley".

Sin embargo, tanto la Federación de Asociaciones Militares de España (FAME) como los expertos jurídicos consultados por EL PAÍS coinciden en que, aunque resulte escandaloso, la normativa no permite expulsar al capitán, debido a un vacío legal.

La ley disciplinaria de las Fuerzas Armadas prevé la posibilidad de expulsar del Ejército a los militares a los que se abra un expediente gubernativo. Pero las causas para abrir este tipo de expediente están tasadas en el artículo 17 de dicha ley.

Se puede abrir, por ejemplo, por "realizar actos gravemente contrarios a la dignidad militar" o por "realizar cualquier actuación que afecte a la libertad sexual de inferiores", pero siempre que esta conducta "no constituya delito". También se puede abrir expediente por acumulación de tres faltas graves, pero el mismo hecho no puede ser castigado como delito y como falta.

Es decir, que el capitán podría ser expulsado si hubiera sido absuelto porque los hechos no alcanzaran gravedad suficiente para ser tipificados como delito, aunque sí como falta.

Las contradicciones de la normativa vigente llegan al extremo de permitir también la expulsión de aquellos militares que sean condenados por un tribunal civil "por un delito con dolo que lleve aparejada la pena de prisión" o por un delito de imprudencia con pena superior a un año. Por tanto, si el capitán hubiera sido condenado por un tribunal ordinario, incluso a una pena inferior, perdería la condición de militar; pero no al haberlo sido por un tribunal castrense, a pesar de que éste debería estar más interesado en velar por la imagen del Ejército.

El caso del capitán Camarón, que era teniente cuando se produjeron los hechos, entre el 27 de octubre y el 3 de diciembre de 2003, en la Academia de Logística de Calatayud (Zaragoza), supone un duro golpe para la integración de la mujer en las Fuerzas Armadas, donde ya representa en torno al 17% de los efectivos de tropa y marinería.

El caso Camarón es consecuencia del vacío legal, pero también de la falta de celo de la Administración. Pese a la gravedad de los hechos, el capitán no fue arrestado; las víctimas de sus abusos -algunas de las cuales abandonaron el Ejército por estos hechos- comparecieron como testigos en el juicio, pero no ejercieron la acusación; el fiscal no se aseguró de conseguir una condena que garantizara la expulsión; y el abogado del Estado defendió al abusador, sólo para ahorrar al erario público los 22.300 euros de multa como responsable civil subsidiario.

La esperanza para el Ejército es que el capitán, que permanecerá suspendido de empleo durante los tres años de condena, pida voluntariamente la baja.

Mujeres militares reunidas en la base de El Goloso (Madrid) en febrero del año pasado.
Mujeres militares reunidas en la base de El Goloso (Madrid) en febrero del año pasado.ULY MARTÍN

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.

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