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La ley establece la separación física y la completa compartimentación

Las zonas habilitadas para fumar "deberán estar separadas físicamente del resto de las dependencias del centro o entidad y completamente compartimentadas". La Ley Antitabaco no deja dudas sobre los requisitos de estos lugares. Pero los hosteleros y algunas comunidades autónomas mantienen otra interpretación.

La Asociación Nacional de Empresarios para la Calidad del Ocio (Eco) argumenta que el Ministerio de Sanidad dejó la puerta abierta a regulaciones posteriores en una carta que les envió el 10 de enero. En ella, se añadía: "El texto de la ley ni prejuzga ni especifica una solución constructiva concreta. Simplemente exige que [...] las zonas habilitadas para fumar [...] estén aisladas y separadas completamente, de tal manera que se impida que el humo de esa zona invada los espacios" sin humos.

Para el presidente de Eco, Dionisio Lara, esta última condición indica que Sanidad no descarta otras formas que no fueran la tabicación siempre que se cumpla el objetivo de que el humo no contamine otras zonas del local. "Con esa carta ponen de manifiesto que la ley es, simplemente, imposible de cumplir. Siempre quedarán espacios, como puertas o accesos, que no podrán cerrarse herméticamente", aducen.

Ello no quiere decir que no estén a favor de cumplir "el espíritu" de la ley: que no haya humo fuera de las zonas para fumadores, alegan. Pero quieren usar otros sistemas, como extractores más potentes. La Organización Mundial de la Salud y el Ministerio de Sanidad afirman que estos aparatos no impiden que el humo salga, por lo que insisten en que deben cerrarse los espacios donde se deje fumar. "La compartimentación se incluyó de manera expresa por el legislador", insiste Sanidad.

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