La justicia se alía en la lucha contra el ruido
Los vecinos acuden a los tribunales ante la ineficacia municipal para combatir la saturación acústica
El ruido se ha convertido en un problema ciudadano. Los vecinos expuestos a más decibelios de los permitidos se rebelan contra lo que hace años consideraban una molestia inevitable. Dos sentencias hechas públicas esta semana dictan penas de prisión para los dueños de dos bares, uno en Jaén y otro en Barcelona, que sobrepasaban los límites permitidos de ruidos. Los denunciantes en ambos casos son vecinos que, hartos del pasotismo de los empresarios ante las sanciones municipales, decidieron acudir a la vía penal.
¿Tienen los afectados que llegar a los tribunales para que pare el ruido que, en muchos casos, les lleva a estar bajo tratamiento psiquiátrico? ¿Es desproporcionado mandar a alguien a la cárcel por emitir ruidos que molesten a los vecinos? ¿Tienen instrumentos los ayuntamientos andaluces para frenar estas situaciones sin tener que recurrir al Código Penal? Juristas y ciudadanos discrepan sobre las respuestas a estas cuestiones, aunque todos coinciden en dos puntos: el exceso de ruido puede amargarle la vida a los que lo sufren y los ayuntamientos no están siendo todo lo eficaces que deberían para atajar el problema.
"La simple posibilidad de ir a prisión hace que la gente se tome en serio el problema"
"Nos llegan personas con informes psiquiátricos graves. Muy, muy tocados"
"Nos llegan personas con informes psiquiátricos graves. Muy, muy tocados. Y yo como abogado me siento muy solo. Hay incomprensión social e insensibilidad municipal", afirma un portavoz de la Asociación Juristas Contra el Ruido y abogado especializado en agresiones ambientales.
Este letrado, que prefiere no dar su nombre, considera que, a pesar de la gravedad del problema, "no es adecuado" enfocarlo desde el punto de vista penal. "No se arregla nada llevando a un tipo a la cárcel, pero no porque yo considere que no hay auténticos terroristas acústicos, sino porque no parece el enfoque más adecuado"· En este punto, coinciden casi todos los juristas consultados, aunque Miguel Carmona, presidente de la Audiencia Provincial de Sevilla, advierte de que, en su opinión, "es bastante más grave que una persona no deje vivir a sabiendas durante años a otra, que dar un tirón de bolso". "La intromisión que causa en la vida privada un suceso así es muy alta. Hay un primer nivel que debería funcionar, que es el nivel administrativo. Pero si los hechos alcanzan más entidad, puede llevarse al derecho penal".
Ese primer nivel al que se refiere el presidente de la Audiencia es el de los ayuntamientos. El Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica, aprobado por el Gobierno andaluz en noviembre de 2003, obliga a todos los municipios de más de 20.000 habitantes a disponer de ordenanzas municipales de protección contra ruidos y vibraciones. Todas las ciudades andaluzas tienen, por tanto, instrumentos para frenar los excesos de ruidos. Sin embargo, algunas no las aplican con eficacia y, otras, acaban enredadas en un tira y afloja con el infractor.
Cuando el problema se prolonga durante años, al final son los vecinos afectados los que acaban acudiendo a los tribunales. "El sistema no funciona. Los ayuntamientos no suelen ponerse de parte de los vecinos. Al revés. Luchan contra ellos hasta el final. Quizá tengan una carga que no pueden soportar, pero entonces es que todo está mal montado", opina el portavoz de Juristas Contra el Ruido.
Su propia ineficacia puede volvérsele en contra a los ayuntamientos, que de tener argumentos para denunciar por desobediencia a la autoridad al que sobrepase los niveles de ruidos permitidos e incumpla las sanciones municipales, puede pasar a ser condenado por su "pasividad". Es lo que le ocurrió al Ayuntamiento de Sevilla, sobre el que recayó en 2002 una sentencia del TSJA por no luchar contra los efectos secundarios del botellón. La resolución judicial, fruto de la denuncia de un vecino, animó a los afectados de otras ciudades. En los tribunales de Granada hay hoy tres demandas contra el Ayuntamiento y una contra la Junta por circunstancias parecidas.
Inmaculada Muñoz, profesora titular de Derecho Penal de la Universidad de Granada, considera que, "administrativamente", no hay duda de que el Ayuntamiento "tiene el deber de evitar estos problemas". "Si lo hace bien, si inspecciona y sanciona, puede impedir estas conductas". Si no lo hace y el caso llega a los tribunales por la vía penal, los juristas discrepan también sobre qué tipo de delito debe imputarse a los culpables. La inmensa mayoría de las sentencias emitidas sobre estos casos, incluidas las dos de esta semana, les imputan un delito contra el medio ambiente (artículo 325 del Código Penal). Muñoz, sin embargo, cree que sería más correcto considerarlos como autores de un delito de lesiones. "Quizá se aplica el delito medioambiental porque éste sólo obliga a demostrar que hay riesgo de causar daños a personas, no que se haya causado".
En la misma línea se pronuncia Francisco Morales, responsable de la asociación Granada contra el Ruido y de la web ruidos.org. "Es un error que se considere delito medioambiental. El ruido es una agresión grave que afecta a la salud", afirma Morales. Según los visitantes de ruidos.org, los ruidos que más molestan no son los que han causado las dos sentencias de esta semana (bares mal insonorizados), sino, por este orden, los ruidos de los vecinos (voces, televisión alta), las motos y el griterío nocturno asociado al ocio. Sea por una u otra causa, todas las capitales andaluzas superan los niveles de ruidos máximos permitidos por la Organización Mundial de la Salud. El responsable de ruidos.org coincide con los juristas que consideran que los asuntos cotidianos del ruido "parecen más propios del derecho administrativo". "Pero el Derecho Penal tiene una ventaja", admite. "No me alegra que condenen a nadie a la cárcel, pero la simple posibilidad de ir a prisión hace que la gente se tome en serio el problema".
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