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Desestimado el recurso contra el internamiento de las asesinas de Klara

El juez de Menores de Cádiz, Rafael del Río, ha desestimado el recurso de la fiscalía contra el internamiento en un centro de menores de las jóvenes Iria S. G. y Raquel T. C., condenadas a ocho años de internamiento y a cinco de libertad vigilada por matar a Klara García, de 16 años, el 26 de mayo de 2000 en San Fernando (Cádiz).

La fiscalía pedía la libertad para las jóvenes con prohibición de volver a San Fernando, argumentando que, estando la condena recurrida, se ha superado el máximo de seis meses previsto por la ley para ordenar el internamiento provisional. Sin embargo, el juez defiende que la nueva Ley del Menor no contempla el supuesto de que, transcurrido este tiempo y recurrida la sentencia, se proponga de nuevo el internamiento.

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En este caso, y como pedía la defensa, el juez aplica de forma supletoria la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que permite prolongar la medida hasta la mitad de la condena. Asimismo señala que el principio fundamental de la Ley del Menor es la protección del interés del menor y que tanto los abogados como los psicólogos y las condenadas están de acuerdo en que deben recibir tratamiento.

La sentencia pues, está a la espera de que se resuelvan este recurso y los presentados por la defensa de las jóvenes condenadas y por el abogado de la familia de Klara.

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