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La Pompeu Fabra recurre la suspensión de su reglamento lingüístico

Lengua propia

La Universitat Pompeu Fabra (UPF) ha recurrido la suspensión del reglamento de usos lingüísticos, decretada el pasado mes de junio por el juzgado de lo contencioso número 14 de Barcelona, y alega tanto la legalidad de definir al catalán como lengua propia, como el hecho de que la norma no causa perjuicio a terceras personas, tal como ha entendido el juez, Manuel Rivas. La interposición del recurso coincide en el tiempo con la sentencia que el juzgado contencioso número 1 de Tarragona ha dictado respecto al reglamento de la Universitat Rovira i Virgili (URV), en la que exige la introducción de importantes cambios. Los recursos contra las dos normativas del catalán fueron interpuestos por las asociaciones Profesores para la Democracia y Convivencia Cívica Catalana, una entidad liderada por el conservador Aleix Vidal-Quadras.

La UPF comienza su defensa recordando que la suspensión del reglamento se produjo tan sólo un día después, ("con inusitada celeridad"), de que se presentaran sus alegaciones y sin que se hubiera resuelto el recurso en el que se cuestionaba la competencia del juzgado. Los defensores de la universidad consideran no ajustada a derecho la suspensión de la totalidad del reglamento, porque entienden que los recurrentes únicamente solicitan la suspensión de determinados artículos.

El recurso recoge, al igual que hiciera el de la URV, la vigencia y legalidad de definir el catalán como lengua propia, algo que el juez había cuestionado al asegurar que "choca" que una universidad que no es un ente territorial (ni Estado ni Comunidad Autónoma) pueda tener idioma oficial propio y que, además, "éste aparezca contrapuesto al castellano o español que, como lengua oficial y propia de todos los españoles es, en Cataluña, para todos, tan lengua oficial o lengua propia como el catalán". La UPF, que presentó su recurso a principios de mes, se acoge al redactado del Estatuto de Autonomía y a la Ley de Política Lingüística que regula que el catalán es lengua propia de Cataluña, de la Generalitat, de la administración territorial catalana, local y de las otras corporaciones dependientes de la Generalitat. El uso preferente del catalán, es, según el recurso de la universidad, legal, dado que "una cosa es la igualdad de las dos lenguas oficiales respecto a los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las administraciones y otra es que éstas tengan la obligación de utilizar las dos lenguas en posición de igualdad en su actividad". La UPF se acoge para esta afirmación en diferentes sentencias del Tribunal Constitucional.

Respecto a la afirmación del juez Manuel Rivas sobre el perjuicio que puede suponer para terceras personas la aplicación del Reglamento (y causa de su suspensión), el letrado de la UPF, Enrique Arranz, recuerda que la entidad Profesores para la Democracia, no puede verse perjudicada, puesto que "curiosamente" no han solicitado la suspensión de preceptos relativos a profesores, como el de la libertad de elección de la lengua en que expresarse o la suficiencia que deben acreditar de "las lenguas oficiales".

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