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La Diputación de Vizcaya retrasó el pago de impuestos por 348 millones a cinco contribuyentes

La Diputación de Vizcaya ha retrasado el pago a la Hacienda foral de deudas fiscales de cinco contribuyentes que suman 348 millones de pesetas, según constata en su último informe el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas. Esta decisión incumple la propia ley foral, puesto que se trataba de expedientes que se encontraban ya en la vía ejecutiva. El informe del tribunal, referido al ejercicio de 1997 y que destaca el mejor funcionamiento de la institución, censura también las fórmulas utilizadas por la Diputación para facilitar el abono de deudas por otros 541 millones.

El incumplimiento de la ley apreciado por el órgano que fiscaliza año tras año la actividad económica y financiera del Gobierno vasco, las tres diputaciones y los 250 ayuntamientos de la comunidad se traslada también a las áreas de concesión de subvenciones, modificaciones presupuestarias y la contratación. Sobre este apartado, la Diputación vizcaína sigue sin cumplir la ley en la mitad de contratos que suscribe (ver EL PAÍS del pasado 19 de noviembre).El incumplimiento en la recaudación de impuestos también se apreció en la anterior auditoría, referida al ejercicio de 1996, cuando se señalaron tres casos de aplazamiento de la deuda, en uno de ellos de una empresa en crisis, pero en los otros dos de contribuyentes solventes. Entonces se censuraba que el área de recaudación de la Diputación procedió con "insuficientes garantías" en cuatro casos, cuya deuda ascendía a 635 millones de pesetas y las exenciones de impuestos concedidas "sin la documentación requerida" a otros cuatro expedientes por un total de 1.737 millones de pesetas.

Los cinco expedientes donde este último informe del Tribunal de Cuentas ha apreciado anomalías -cuyos titulares, como suele ser habitual, no comenta la auditoría, que tampoco precisa si corresponden a contribuyentes individuales o a empresas- totalizan 348 millones. Estas deudas se encontraban ya en la vía ejecutiva, que permite el embargo de bienes u otras fórmulas para que la Hacienda cobre las cantidades no pagadas, pero han sido devueltas a la vía administrativa "incumpliendo los artículos 100 y 101 del DF [decreto foral] 52/93 y 97 y 98 del DF 36/97", según explica el informe.

El tribunal censura igualmente la trangresión de la ley en la decisión adoptada sobre otros tres deudores por un importe de 541 millones. En estos casos, se fraccionó el pago de sus impuestos a la Hacienda foral sin existir los requisitos necesarios para ello, como la presentación de garantías suficientes que avalasen "el principal de la deuda y los intereses de demora". El informe explica que se incumplen dos decretos forales, el 25/93 y el 36/97.

Censura de Bideak

El estudio cuestiona el funcionamiento de la sociedad foral Bizkaiko Bideak, creada por la Diputación en 1997 para acometer la construcción de carreteras sin recurrir directamente a los presupuestos forales. "Se constituye sin ninguna competencia específica, de tal forma que cuando la Diputación lo considere oportuno encargará obras concretas a la sociedad para que ésta las gestione", señala, por lo que considera que se mantienen dos estructuras en paralelo: la de Bideak y el Departamento de Obras Públicas "que tiene atribuida la competencia general".

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El informe añade que mantener dos estructuras administrativas en paralelo para cumplir los mismos fines "no se justifica desde el punto de vista de la operatividad y eficacia en la gestión, por cuanto supone duplicar la competencia para atender a un mismo objeto". El órgano fiscalizador tampoco entiende que se justifique la creación de una nueva sociedad por criterios de rapidez y eficacia en la gestión, "toda vez que se verá obligada al cumplimiento de las mismas leyes". Ante ello, recomienda a cualquier administración que constituya sociedades mercantiles sólo "cuando poderosas razones de eficacia y eficiencia así lo avalen, respetándose en todo caso los principios que inspiran tanto la contratación administrativa, como la de personal, gestión presupuestaria, financiera y contable".

El tribunal reitera que, "como ya se pusiera de manifiesto" en informes anteriores, se repiten los incumplimientos en el área de personal. "La oferta de empleo público de 1993, la relación de puestos de trabajo de 1990, el Arcepafe [convenio] de varios años, se encuentran recurridos ante los tribunales de justicia, lo que provoca incertidumbres sobre la legalidad de los mismos".

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