Los pagarés del Tesoro podrán mantenerse hasta su amortización o canjearse por los nuevos activos
El Ministerio de Economía y Hacienda dará instrucciones a la inspección fiscal para que las declaraciones complementarias que se presenten en la regularización voluntaria proyectada por el Gobierno "no aumenten la probabilidad de actuaciones inspectoras a quienes las efectúen", según declaró ayer José Borrell. Los titulares de pagarés del Tesoro podrán optar entre mantenerlos hasta su amortización en las mismas condiciones que se emitieron o canjearlos por el nuevo activo opaco que prepara la Administración.
"Si la gente fuera racional, quienes tienen grandes cantidades de dinero negro comprarían Pagarés del Tesoro ahora", declaró el secretario de Estado de Hacienda, quien remarco que la Administración mantendrá las emisiones de pagarés ya previstas. Estas sólo cesarán cuando se inicie lo que Hacienda denomina "periodo de incentivación con la aprobación de la nueva ley del IRPF -probablemente en abril próximo-, que finalizará con la entrada en vigor de esta ley, el 1 de enero de 1992. Quienes no deseen canjear los pagarés por el nuevo activo podrán mantenerlos hasta su amortización en las mismas condiciones que se emitieron. Sin embargo, una vez amortizados ya no podrán ser blanqueados.
El nuevo activo, según explicó Borrell, será emitido a seis años, no negociable, sus tomadores serán identificados por las entidades que los coloquen pero esta información no será de obligada comunicación a Hacienda y los rendimientos que generen estarán expresamente exentos de tributación. "Tienen el incovenlente de su falta de liquidez durante seis años, pero la ventaja de no tener que incurrir en el coste administrativo de efectuar cinco declaraciones complementarias de IRPF y otras cinco de Patrimomo", remarcó.
Borrell señaló que aún no se ha decidido el tipo de interés de este nuevo activo, ni se dará a conocer hasta que entre en vigor el periodo de canje.
La sustitución de los pagarés del Tesoro se complementa con los incentivos destinados a que los contribuyentes presenten declaraciones complementarlas en el periodo antes comentado. Una vez finalizado este plazo, las declaraciones complementarias -incluso en el caso de que sean voluntarias, y no fruto de la inspección de Hacienda- tendrán una sanción que oscl lará entre el 50% y el 100% de la cuota defraudada, salvo cuando sean para corregir errores aritméticos.
Borrell dio garantías de que las complementarias presentadas durante el periodo de incentivación "no aumentarán la la probabilidad de actuaciones inspectoras a los que las efectúen". Los intereses de demora estarán por debajo del 10% mínimo que rige en la actualidad, o incluso serán condonados, en función del acuerdo final al que lleguen PSOE, CDS, PNV, CIU e Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya. También se ha de negociar el periodo de aplazamiento de pago, que oscilará entre tres y cinco años. Estas dos facilidades desaparacerán con la entrada en vigor del nuevo IRPF.
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