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Las medidas de seguridad sustituyen la permanencia en la cárcel

Las medidas de seguridad que establece el anteproyecto de Código Penal significan uno de los aspectos más progresivos del texto prelegislativo, según fuentes jurídicas consultadas por este periódico. La aplicación de tales medidas puede evitar las penas de cárcel para algunos delincuentes y modifica el vigente sistema de internamiento de enfermos mentales, personas a las que no se puede imputar responsabilidad penal y drogadictos.

Entre las medidas de seguridad que consisten en privación de libertad figuran el internamiento en centro psiquiátrico, de deshabituación, educativo especial o reeducador. El juez o tribunal, atendiendo a los informes de los facultativos que asistan al enajenado y a los emitidos por el juez de vigilancia, podrá sustituir el internamiento por la observancia de una serie de reglas de conducta.

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El Gobierno proyecta ampliar de 30 a 35 años el límite máximo de cumplimiento de las penas de cárcel

Tratamiento externo

Entre tales reglas figura el sometimiento a custodia familiar o a tratamiento externo en centros médicos o unidad hospitalaria, la obligación de residir en un lugar determinado, la prohibición de concurrir a determinados lugares o visitar establecimientos de bebidas alcohólicas, la privación de licencia de armas.Igualmente, el juez o tribunal podrá decretar la medida de privación del derecho a conducir vehículos de motor por un tiempo que puede oscilar entre tres meses y cinco años a los autores de delitos imprudentes o de riesgo cometidos con tales vehículos cuando no hubieran sido condenados por no ser imputables, "siempre que la impericia para la conducción de vehiculos de motor sea manifiesta".

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