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TRIBUNALES

Una sentencia que condena a un violador dice que no debe exigirse heroicidad a la mujer

La Audiencia Provincial de Jaén condenó ayer a Gabriel López García a la pena de 29 años, cuatro meses y dos días de cárcel por dos delitos de violación cometidos entre 1988 y 1989 en Úbeda (Jaén).En los fundamentos de la sentencia, los magistrados señalan que no se puede exigir a la mujer "una resistencia herólea" para evitar la violación, argumentando que la misma sería "poco acorde con las circunstacias de los hechos, y que presumiblemente sería ineficaz y generadora de otras agresiones y mayores consecuencias". En este sentido, la sentencia asegura que la fuerza del procesado, así como el "constreñimiento psicológico de las mujeres" por las amenazas recibidas "fueron más que suficiente" para que el procesado consiguiera sus propósitos.

Sin embargo, la audiencia ha absuelto al procesado de la acusación de una tercera violación de la que fue acusado por la fiscalía, después de las declaraciones de dos testigos que, durante el juicio celebrado el pasado miércoles, aseguraron que López García se encontraba en Alicante en el momento de producirse los hechos.

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