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Un 2% de elegidos

Desde la entrada en vigor de la ley en agosto de 1984, se han jubilado en las universidades españolas un total de 296 catedráticos y 221 profesores titulares. De ellos, una parte ha pasado a engrosar las filas de profesores eméritos. Esta figura, recogida en la misma ley de Reforma de la Función Pública, puede ser aplicada por cada uñiversidad sobre sus profesores jubilados sin superar el 2% del profesorado total, ha pretendido no sólo impedir que, grandes docentes e investigadores quedaran apartados de la Universidad de manera automática al cumplir los 65 años, sino paliar el daño moral y económico que la nueva ley podía infligirles.La designación ha de hacerse por votación mayoritariamente favorable de¡ departamento correspondiente, y posteriormente, vía junta de facultad y junta de gobiérno de la universidad correspondiente, se produce el nombramiento, del que es preceptivo dar cuenta al Consejo de Universidades. La condición de emérito lleva implícita una categoría honorífica que no desaparece nunca para aquel que la posee, si bien, en el terreno económico, significa la posibilidad de mantener un contrato con la Universidad por dos años, prorrogable por otros dos, que supone un aporte mensual variable según las distintas universidades.

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